MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD COMERCIAL QUELLÓN VIEJO LIMITADA

RUT 76042054-9 CVE 2598021

Instrumento

Repertorio
1251-2024
Notario
CLAUDIO ALEJANDRO CABELLO OLAVARRÍA
Domicilio
Quellón

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

En QUELLÓN, a seis de diciembre de 2024, ante mí, CLAUDIO ALEJANDRO CABELLO OLAVARRÍA, abogado, Notario Público Titular de Quellón, con oficio en Avenida La Paz número trescientos dos, comuna y ciudad de Quellón, hoy ante mí, don LEONEL DEAN TAPIA SEPÚLVEDA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, empresario, domiciliado Cabo de Hornos 280, Quellón; y don JOSÉ ANTONIO LOW POBLETE, chileno, divorciado, empresario, domiciliado Alonso de Ercilla 372, Quellón, por una parte, los “VENDEDORES”; y por la otra, don GUILLERMO RODOLFO ROA URZÚA, chileno, soltero, empresario, en representación de SOCIEDAD DE INVERSIONES GRU SPA, sociedad del giro de su denominación, ambos domiciliados para estos efectos en Quellón Viejo sin número, Quellón; y don GUILLERMO ALBERTO ROA CONTRERAS, chileno, casado, empresario, ,en representación de SOCIEDAD DE INVERSIONES GRC SPA, sociedad del giro de su denominación, ambos domiciliados para estos efectos en Quellón Viejo sin número, Quellón,en adelante e indistintamente EL “COMPRADOR”, y denominadas en conjunto como las “PARTES”, otorgaron escritura de modificación de sociedad, repertorio 1.251-2.024, que se extracta: Mediante escritura pública de fecha 29 de julio de 2.024 otorgada ante mí y agregada a mi Repertorio de Instrumentos Públicos, bajo el número 748 del año 2.024, las PARTES procedieron a suscribir contrato de cesión de derechos y modificación de sociedad, según consta en escritura pública antes singularizada. Por este instrumento, las PARTES, en la representación que invisten, vienen en modificar la escritura antes señalada en su Cláusula SEGUNDO. CESIÓN DE DERECHOS, en el siguiente tenor literal: Uno. i) Por el presente instrumento, don LEONEL DEAN TAPIA SEPÚLVEDA vende, cede y transfiere a SOCIEDAD DE INVERSIONES GRU SPA, el 50% de los derechos sociales que le corresponden en SOCIEDAD COMERCIAL QUELLÓN VIEJO LIMITADA, equivalentes al 25 % del capital social. ii) Por el presente instrumento, don LEONEL DEAN TAPIA SEPÚLVEDA vende, cede y transfiere a SOCIEDAD DE INVERSIONES GRC SPA, cincuenta por ciento de los derechos sociales que le corresponden en SOCIEDAD COMERCIAL QUELLÓN VIEJO LIMITADA, equivalentes al 25% del capital social. Dos. i) Por el presente instrumento, don JOSÉ ANTONIO LOW POBLETE vende, cede y transfiere a SOCIEDAD DE INVERSIONES GRU SPA, el 50% de los derechos sociales que le corresponden en SOCIEDAD COMERCIAL QUELLÓN VIEJO LIMITADA, equivalentes al 25 % del capital social. ii) Por el presente instrumento, don JOSÉ ANTONIO LOW POBLETE vende, cede y transfiere a SOCIEDAD DE INVERSIONES GRC SPA, 50 % de los derechos sociales que le corresponden en SOCIEDAD COMERCIAL QUELLÓN VIEJO LIMITADA, equivalentes al 25 % del capital social. Tres. La finalidad de la cesión de derechos que por este instrumento efectúa es que la COMPRADORA sea propietaria del cien por ciento de los derechos sociales en que se encuentra dividida SOCIEDAD COMERCIAL QUELLÓN VIEJO LIMITADA, elemento esencial de la cesión de derechos. La presente escritura deberá tenerse por parte integrante de la que por ésta se modifica, debiendo anotarse la presente modificación al margen de la escritura modificada. En todo lo no modificado por este instrumento, queda vigente en todas sus partes la escritura pública indicada en la cláusula PRIMERO precedente. Demás estipulaciones en escritura extractada. Quellón, a 6 de diciembre de 2.024.