CONSTITUCIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

Sebastián Nadeau Servicios Odontológicos E.I.R.L.

CVE 2598172
Fecha instrumento
20 de diciembre de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
20 de diciembre de 2024
Repertorio
36552-2024
Notario
ALVARO DAVID GONZÁLEZ SALINAS
Oficio
Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
Comuna de Las Condes
Duración
Indefinida

Objeto social

La prestación de servicios en las distintas áreas de la odontología, por cuenta propia o de terceros, así como la prestación de cualquier otro servicio de área médica y relacionado con la salud humana

Administración

La administración de la empresa y el uso de la razón social corresponderá al constituyente. Lo anterior es sin perjuicio de la facultad del constituyente de conferir mandatos generales o especiales para actuar en nombre de la empresa por escritura pública que se inscribirá y anotará de la forma antes dicha. RESPONSABILIDAD DE CONSTITUYENTE: Limitada al monto de su

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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ALVARO DAVID GONZÁLEZ SALINAS, abogado, notario público titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo tres mil uno, piso dos, comuna de Las Condes, certifico que por escritura pública de fecha 20 de diciembre de 2024, Repertorio N° 36.552-2024, ante mí, SEBASTIÁN MATÍAS NADEAU MAUREIRA, chileno, casado, treinta y tres años, odontólogo, cédula de identidad número diecisiete millones seiscientos setenta mil quinientos tres guion cinco, domiciliado en Francisco Cook, número ochocientos ochenta, departamento ciento setenta y dos, comuna de las Condes, constituyó una empresa de responsabilidad limitada. NOMBRE: Se forma una empresa individual de responsabilidad limitada que girará bajo el nombre de “Sebastián Nadeau Servicios Odontológicos E.I.R.L.” sin perjuicio de lo cual podrá usar también el nombre de fantasía “Sebastián Nadeau M E.I.R.L.” para fines comerciales y financieros: DOMICILIO: Comuna de Las Condes, sin perjuicio de las agencias, oficinas o sucursales que acuerde establecer en otras comunas del país o en el extranjero. OBJETO: La prestación de servicios en las distintas áreas de la odontología, por cuenta propia o de terceros, así como la prestación de cualquier otro servicio de área médica y relacionado con la salud humana. CAPITAL: El capital de la empresa es la suma de un millón de pesos, que la constituyente entera y paga en este acto, en dinero efectivo, a satisfacción de la empresa. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: La administración de la empresa y el uso de la razón social corresponderá al constituyente. Lo anterior es sin perjuicio de la facultad del constituyente de conferir mandatos generales o especiales para actuar en nombre de la empresa por escritura pública que se inscribirá y anotará de la forma antes dicha. RESPONSABILIDAD DE CONSTITUYENTE: Limitada al monto de su aporte. VIGENCIA: Indefinida. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 30 de diciembre de 2024.