MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Hidroeléctrica San Andrés SpA

RUT 76032641-0 CVE 2597761
Fecha instrumento
23 de diciembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
23 de diciembre de 2024
Repertorio
18998-2024
Notario
IVÁN TORREALBA ACEVEDO
Oficio
Trigésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Ley aplicable
Ley Nº 19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, domiciliado en calle Huérfanos N° 979, Oficina 501, Santiago, CERTIFICO: que por escritura pública de fecha 23 de diciembre de 2024, otorgada ante mí, Repertorio N° 18.998-2024, EL PASO Y SAN ANDRÉS PRIMERA SpA y EL PASO Y SAN ANDRÉS SEGUNDA SpA, acordaron sanear el vicio de nulidad incurrido con motivo de la inscripción y publicación tardía del extracto de la escritura pública de fecha 1 de octubre de 2024, otorgada ante mí, bajo el repertorio N° 14.485-2024, mediante la cual se acordó la fusión por incorporación de “El Paso y San Andrés Segunda SpA” (la “Sociedad Absorbida”), inscrita a fojas 56.950, N°39.672 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2010, en Hidroeléctrica San Andrés SpA (la “Sociedad Absorbente”) inscrita a fojas 38.383, N°26.413 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2008. El extracto de dicha escritura fue inscrito a fojas 102.444, número 41.156 y a fojas 102.435, N° 41.152 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2024, publicado en el Diario Oficial de la República de Chile, bajo el Código de Verificación Electrónica número dos cinco siete nueve cinco siete nueve, y protocolizado en esta Notaría, con fecha 5 de diciembre de 2024, bajo el Repertorio Número 17.866-2024 y bajo el Repertorio Número 17.865-2024. Todo lo anterior en conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 19.499 sobre Saneamiento de Vicios de Nulidad de Sociedades, debiendo este extracto inscribirse en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y publicarse en el Diario Oficial de conformidad con lo establecido en la referida ley. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Portador de este extracto quedó facultado para proceder a su legalización. Santiago, 13 de enero de 2025.