Agrícola y Comercial La Serena Limitada
Instrumento
- Fecha
- 23 de diciembre de 2024
- Notario
- IVAN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- Trigésima Tercera Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $420.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la Trigésima Tercera Notaría Santiago, calle Huérfanos 979, oficina 501, comuna de Santiago, certifica: que por escritura pública de fecha 23 de diciembre de 2024, bajo el repertorio número 19.050-2024, ante mí, rectificada por escritura pública de fecha 31 de diciembre de 2024, bajo el Repertorio número 19.699-2024, ante mi Suplente doña Verónica Torrealba Costabal, don Francisco Javier Vergara Rosales, María Ignacia Vergara Armstrong, V & A Inversiones SpA, don Francisco Javier Vergara Armstrong y don José Pablo Vergara Armstrong, todos domiciliados para estos efectos en calle El Golf 40, oficina 502, Las Condes, Región Metropolitana, acordaron la modificación de la sociedad Agrícola y Comercial La Serena Limitada (la “Sociedad”), inscrita a fojas 19.866, número 10.787 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1986, en los siguientes términos: (i) El socio Francisco Javier Vergara Rosales, donó el dominio sobre el 30 por ciento de los derechos sociales que le correspondían en la Sociedad, a María Ignacia Vergara Armstrong, Francisco Javier Vergara Armstrong y José Pablo Vergara Armstrong, en partes iguales, quienes aceptan y adquieren para sí, cada uno, la propiedad sobre 10 por ciento de dichos derechos sociales; y (ii) Con motivo de la donación, los socios acordaron reemplazar el artículo Sexto de los estatutos, el cual queda del siguiente tenor: “SEXTO: CAPITAL: El capital de la sociedad asciende a la suma de seiscientos mil pesos, que los socios aportan y pagan de la siguiente forma: Uno) V & A Inversiones SpA aporta la suma de $420.000, equivalentes al 70 por ciento de los derechos sociales, íntegramente pagada; Dos) doña María Ignacia Vergara Armstrong aporta la suma de $60.000, equivalentes al 10 por ciento de los derechos sociales, encontrándose íntegramente pagado; Tres) don Francisco Javier Vergara Armstrong aporta la suma de $60.000, equivalentes al 10 por ciento de los derechos sociales, encontrándose íntegramente pagado; y Cuatro) don José Pablo Vergara Armstrong aporta la suma de $60.000, equivalentes al 10 por ciento de los derechos sociales, encontrándose íntegramente pagado.”. Demás estipulaciones, constan en escritura extractada. Santiago, 7 de Enero de 2025.