MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRÍCOLA EL LIMONAR LIMITADA

RUT 78043600-K CVE 2597795
Capital
$333.300 CLP
Fecha instrumento
26 de noviembre de 2024
Notaría
Santiago Sergio Rodríguez Garcés

Instrumento

Fecha
26 de noviembre de 2024
Notario
HUGO PATRICIO MONROY FOIX
Domicilio
O’Higgins 414
Comuna
Santiago Sergio Rodríguez Garcés

Sociedad

Capital
$333.300 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HUGO PATRICIO MONROY FOIX, Notario Público titular, O’Higgins 414, Quillota, certifico: Por escritura pública fecha 26 de noviembre de 2024, ante mí, Nora Magdalena Morgado Espinoza, C. de I. Nº 3.259.590-1, Alexander Hamilton Wright Morgado, C. de I. Nº 6.688.198-9, Lesley Anne Wright Morgado, C. de I. Nº 6.705.804-6, y Michael Philip Wright Morgado, C. de I. Nº 9.123.481-5, todos El Litre sin número, El Boco, Quillota, modificaron “AGRÍCOLA EL LIMONAR LIMITADA” Rut Nº 78.043.600-K, constituida escritura pública 10 septiembre 1990 Notaría Santiago Sergio Rodríguez Garcés, inscrita fs. 26.699, Nº 13.294 año 1990, modificada fs. 12.976 Nº 10.392, año 1997, fs. 17.657, Nº 9.861 del año 2017, fs. 14.992 Nº 8.101 año 2018 y fs 37725 Nº 15.666 año 2024, todas Registro Comercio Conservador de Bienes Raíces de Santiago. siguiente sentido: NORA MAGDALENA MORGADO ESPINOZA vende a ALEXANDER HAMILTON WRIGHT MORGADO el 5,33% derechos sociales, en $50.000.000 pagados en 10 cuotas iguales, anuales y sucesivas de UF 130,943 en su equivalente en pesos a la fecha del pago. NORA MAGDALENA MORGADO ESPINOZA vende a LESLEY ANNE WRIGHT MORGADO, el 5,34% derechos sociales, en $50.000.000 pagados en 10 cuotas iguales, anuales y sucesivas de UF 130,943 en su equivalente en pesos a la fecha del pago; doña NORA MAGDALENA MORGADO ESPINOZA vende a MICHAEL PHILIP WRIGHT MORGADO el 5,33% de los derechos sociales, en $50.000.000 pagados en 10 cuotas iguales, anuales y sucesivas de UF 130,943 en su equivalente en pesos a la fecha del pago. Como consecuencia de cesiones anteriores, quedan como únicos socios: ALEXANDER HAMILTON WRIGHT MORGADO, con 33,33% de los derechos sociales, doña LESLEY ANNE WRIGHT MORGADO con un 33,34% de los derechos sociales y don MICHAEL PHILIP WRIGHT MORGADO, con 33,33% de los derechos sociales. Los socios acuerdan siguientes modificaciones en pacto social: A) Se elimina toda referencia a doña Nora Magdalena Morgado Espinoza; B) Se modifica la cláusula cuarta relativa a la administración, representación y uso de la razón social en el sentido que ésta le corresponderá a Michael Philip Wright Morgado y en su ausencia o impedimento a Alexander Hamilton Wright Morgado o Lesley Anne Wright Morgado. Excepción: Corresponderá a dos cualquiera de los socios conjuntamente el ejercicio de facultades indicadas en escritura extractada. C) Se reemplaza cláusula quinta del capital, por la siguiente: “ QUINTA: El capital social es la cantidad de un millón de pesos totalmente pagados en efectivo en este acto, aportando $333.300 cada uno de los señores Alexander Hamilton Wright Morgado y Michael Philip Wright Morgado y $333.400 doña Lesley Anne Wright Morgado”. D). Se sustituye cláusula SEXTA del pacto social por la siguiente: “SEXTA: Las utilidades y las eventuales pérdidas se distribuirán entre los socios en proporción a sus respectivos aportes, esto es, un 33,33% para cada uno de los señores Alexander Hamilton Wright Morgado y Michael Philip Wright Morgado y en un 33,34% para Lesley Anne Wright Morgado”.- Los comparecientes declaran que el capital inicial de la sociedad es de un millón de pesos y que no ha sido modificado. En lo no modificado se mantiene vigente el pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada. Quillota, 26 de Noviembre de 2024.-