MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

TRANSPORTES GIL DOS LIMITADA

RUT 77379371-9 CVE 2597562
Fecha instrumento
31 de diciembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
31 de diciembre de 2024
Repertorio
19560
Notario
IVÁN TORREALBA ACEVEDO
Oficio
33º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVÁN TORREALBA ACEVEDO, Abogado y Notario Público Titular de 33º Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 979, oficina 501, Santiago, certifica que, por escritura pública de fecha 31/12/2024, Repertorio N° 19.560, otorgada ante mi Notario Suplente Verónica Torrealba Costabal, RICARDO LUIS OSCAR GIL GÓMEZ, EUGENIO ROLANDO ORTUZAR GIL, BARBARA CONSTANZA GIL MORALES, MARIA TERESA GIL MORALES y PIA ALEJANDRA BERNARDITA GIL MORALES, todos domiciliados en calle Dos Nº 9.432, Quilicura, RM, modificaron sociedad de responsabilidad limitada denominada “TRANSPORTES GIL DOS LIMITADA”, inscrita a fojas 41385 número 19104 del Registro de Comercio del CBR Santiago del año 2021, modificaciones consisten: 1) Se reemplaza artículo 3º permanente, relativo al objeto social, por el de siguiente tenor extractado: “TERCERO: A) Efectuar el transporte terrestre de carga en vehículos propios o de terceros, dentro y fuera del territorio nacional. Asimismo, podrá explotar el negocio del transporte de carga en todas sus modalidades; B) La compra y venta de vehículos nuevos y usados, maquinaria de todo tipo, y los repuestos de dichos bienes; C) El arrendamiento de vehículos a terceros, propios o ajenos; D) Efectuar inversiones de carácter permanente o de largo plazo en toda clase de bienes raíces y muebles para la obtención de una rentabilidad estable de todos esos bienes y la explotación de arrendamiento para obtener rentas de todos aquellos bienes. Para cumplir su objetivo, la sociedad podrá comprar, adquirir a cualquier título, toda clase de bienes raíces o muebles, derechos e intereses en tales bienes, edificarlos, transformarlos o introducir en ellos las mejoras correspondientes, darlos en arrendamiento, subarrendamiento, hipotecarlos o gravarlos en cualquier forma; E) La inversión en bienes muebles corporales e incorporales, tales como derechos sociales, acciones, cuotas de fondos, títulos de crédito, efectos de comercio, títulos de deuda, y en general cualquier activo inmaterial y/o financiero que exista tanto en el presente como en el futuro; y, F) La participación en calidad de socia y accionista de otras sociedades de las que pueda obtener rentas, así como también podrá participar como aportante en cualquier fondo.” 2) Socios reiteran limitación de responsabilidad. 3) Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 06 de Enero de 2025.