IVAN LAIBE Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 26 de diciembre de 2024
- Notario
- VALERIA RONCHERA FLORES
- Oficio
- 10° Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVALERIA RONCHERA FLORES, Notario Público Titular de la 10° Notaria de Santiago, Agustinas 1287, Santiago, Certifico: Por escritura pública de 26 de diciembre de 2024, ante mi: IVAN FARID LAIBE VERA, chileno, casado, contador auditor, C.I.N°8.328.066-2; doña VERONICA PAMELA LOPEZ ARAYA, chilena, casada, Contador, C.I.N°8.045.316-7; doña TATIANA ANDREA LAIBE PEREZ, chilena, soltera, publicista con mención en gestión de negocios, C.I.N°16.910.991-5, doña TERESA DEL PILAR URRA HERNANDEZ, chilena, casada, contadora, C.I.N°18.441.854-1 y don PHILLIP ESTEBAN SANHUEZA MORALES, chileno, soltero, contador, C.I.N°18.059.635-6, todos domiciliados para éstos efectos en Pasaje República N° 15, oficina 12, comuna y ciudad de Santiago; Modificaron la sociedad “IVAN LAIBE Y COMPAÑÍA LIMITADA”, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 6.210, con el número 2.899 del año 2023. La sociedad ha sido objeto de modificaciones según constan en escritura extractada. Modificaciones consistente en: 1.-Actualmente, IVAN FARID LAIBE VERA, VERONICA PAMELA LOPEZ ARAYA, TATIANA ANDREA LAIBE PEREZ, TERESA DEL PILAR URRA HERNANDEZ y PHILLIP ESTEBAN SANHUEZA MORALES son los únicos socios de la sociedad y dueños del cien por ciento de los derechos sociales que están distribuidos de la siguiente manera: a) don IVAN FARID LAIBE VERA, con un 80% de derechos sociales; b) doña VERONICA PAMELA LOPEZ ARAYA, con un 8% de derechos sociales; c) doña TATIANA ANDREA LAIBE PEREZ, con un 8% de derechos sociales; d) doña TERESA DEL PILAR URRA HERNANDEZ, con un 2% de los derechos sociales; y e) don PHILLIP ESTEBAN SANHUEZA MORALES, con un 2% de los derechos sociales. 2.- RETIRO DE LA SOCIEDAD Y CESION DE DERECHOS. a) don IVAN FARID LAIBE VERA, dueño del 80% de derechos sociales, quien con el consentimiento expreso de los demás socios, vende, cede y transfiere el 8% de sus derechos sociales, a doña TERESA DEL PILAR URRA HERNANDEZ, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de $480.000.-, pagado en dinero efectivo: b) don IVAN FARID LAIBE VERA, dueño del 80% de derechos sociales, quien con el consentimiento expreso de los demás socios, vende, cede y transfiere el 4% de sus derechos sociales, a don PHILLIP ESTEBAN SANHUEZA MORALES, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de $240.000.-, pagado en dinero efectivo; c) Se retira de la sociedad doña TATIANA ANDREA LAIBE PEREZ, dueña del 8% de derechos sociales, quien con el consentimiento expreso de los demás socios, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos, equivalentes al 8%, a don IVAN FARID LAIBE VERA, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de $480.000.-, pagado en dinero efectivo; y d) Se retira de la sociedad doña VERONICA PAMELA LOPEZ ARAYA, dueña del 8% por ciento de derechos sociales, quien con el consentimiento expreso de los demás socios, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos, equivalentes al 8%, a don IVAN FARID LAIBE VERA, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de $480.000.-, pagado en dinero efectivo. 3.- Como consecuencia de la compraventa y cesión precedente, quedan como únicos socios de “IVAN LAIBE Y COMPAÑÍA LIMITADA”: a) don IVAN FARID LAIBE VERA, con un 84% de derechos sociales; b) doña TERESA DEL PILAR URRA HERNANDEZ, con un 10% de los derechos sociales; y c) don PHILLIP ESTEBAN SANHUEZA MORALES, con 6% de los derechos sociales. Los socios de la Sociedad continúan limitando su responsabilidad personal por los negocios sociales al monto de sus respectivos aportes. 4.- La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a don IVAN FARID LAIBE VERA, quien, actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social en su firma, la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos, de acuerdo a la enumeración no taxativa de facultades que se hace en los estatutos originales, manteniéndose vigentes en todo lo no modificado y que por éste acto se dan por enteramente reproducidas. 5.- En todo lo no modificado por la presente escritura, los actuales socios ratifican y declaran que se mantiene plenamente vigente el pacto social constitutivo tantas veces referido y sus modificaciones. Santiago, a 09 de enero de 2024.