Falcon Fund SpA
Instrumento
- Fecha
- 27 de diciembre de 2024
- Repertorio
- 122621
- Notario
- WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ
- Oficio
- Cuadragésima novena Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley N°18.046
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalWLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ, abogado, Notario Público titular de la Cuadragésima novena Notaría de Santiago, ubicada en calle Amunategui N°73, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, Certifica: que, ante don ALVARO GERMÁN ORELLANA JARA, Abogado, Notario Público, Suplente del Titular de la Cuadragésima Novena Notaría don WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, se redujo a escritura pública de fecha 27 de diciembre de 2024, Repertorio Nº 122621.- el acta de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de FALCON FUND SpA, en adelante también la sociedad, celebrada con fecha 2 de diciembre de 2024, con la asistencia de don Steven Paul A. Van Cauwenberge en su calidad de representante de Cristal SpA y doña Marcela Andrea Dondero Astudillo quien actuó como secretaria de actas ad-hoc, modificaron los estatutos de la sociedad FALCON FUND SpA , inscrita a fojas 43934 N° 18124 y su saneamiento inscrito a fojas 61621, número 24776 ambas del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago año 2024, en la que se acordó: (i)El ingreso de la nueva sociedad accionista S. Rapidito SpA, solo con derecho a voz; (ii) aumentar el capital social desde su valor actual $1.000.000, dividido en 1000 acciones ordinarias, nominativas de una única serie y sin valor nominal en $539.000.000.-, dividido en un total de 9.000 acciones nominativas, Serie A y Serie B en donde Cristal SpA pagó $538.000.000 a un precio de suscripción de $67.250 cada una, suscribiendo 8.000 acciones Serie A y S. Rapidito SpA pagó $1.000.000 a un precio de suscripción de $1.000 cada una suscribiendo 1.000 acciones serie B. Declarar que Cristal SpA, como único accionista actual, ha renunciado explícitamente a su derecho de opción preferente sobre las nuevas acciones de pago, en conformidad con el Artículo 25 de la Ley N°18.046 sobre Sociedades Anónimas, permitiendo que se asignen directamente las acciones Serie B a S. Rapidito SpA.; (ii) y declarar y dejar constancia: (a) que, respecto al procedimiento y normas para materializar el aumento de capital y, en particular, respecto del derecho u opción de suscripción preferente antes indicado y a la suscripción y forma de pago de dichas acciones a la Sociedad, el actual accionista de la Compañía ha aprobado y aceptado aplicar las reglas especiales acordadas por ésta en esta Junta, a las que se ha sometido expresa y exclusivamente; (b) que el accionista ha expresado su voluntad y formulado su decisión de: (a) Vender, transferir y Ceder a S. Rapidito SpA la cantidad de 1.000 acciones Serie B de las cuales suscribe y paga en su totalidad (b) Cristal SpA 8.000 nuevas acciones Serie A las cuales pagó con fecha 7 de noviembre de 2024, quedando hoy con un total de 9.000 acciones Serie A. Modificándose los estatutos de la sociedad Cristal SpA, específicamente en el "TÍTULO SEGUNDO: CAPITAL Y ACCIONES. QUINTO: El capital de la Sociedad es la suma de $540.000.000-, dividido en 10.000 acciones: 9.000 Serie A y 1.000 acciones Serie B , que ha sido suscrito y pagado; 9.000 acciones Serie A de Cristal SpA y 1.000 acciones Serie B de S.Rapidito SpA. Se estatuye que los aportes de capital en favor de la sociedad podrán verificarse en dinero o con otros bienes, corporales o incorporales, muebles o inmuebles."; y b) Se sustituye íntegramente el actual Artículo Segundo Transitorio por el siguiente: "Artículo Segundo Transitorio: Suscripción y Pago del Capital. El capital de la Sociedad ascendente a CLP 540.000.000 está dividido en 10.000 acciones, de las cuales 9.000 corresponden a la Serie A, íntegramente suscritas y pagadas por Cristal SpA, y 1.000 corresponden a la Serie B, suscritas y pagadas íntegramente por S. Rapidito SpA en dinero efectivo. Demás estipulaciones escritura extractada.