MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CLINICA DEL VALLE ODONTOLOGIA Y MEDICINA LIMITADA

RUT 76033665-3 CVE 2597551
Fecha instrumento
13 de diciembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
13 de diciembre de 2024
Repertorio
12536-2024
Notario
VALERIA RONCHERA FLORES
Oficio
Décima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

Los administradores tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, sin limitación alguna, a excepción de aquellos actos y contratos en que el monto supere las 500 UF, en cuyo caso será necesaria la concurrencia de dos de los socios, indistintamente. Las demás atribuciones y estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 13 de enero de 2025

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VALERIA RONCHERA FLORES, Abogado, Notario Público Titular de la Décima Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas número mil doscientos ochenta y siete, comuna de Santiago. CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 13 de diciembre de 2024, Repertorio Nº12.536-2024, ante mí suplente: doña SANDRA MILENA SUÁREZ GUERRERO, domiciliada en Avenida la Hacienda número tres mil dieciséis, casa cuarenta y tres, comuna de Lampa, Santiago; don OSCAR DE JESÚS PÉREZ MARTÍNEZ, domiciliado en calle Alcántara número mil diecisiete, departamento once, comuna de Las Condes; y don EDMUNDO ANTONIO RUIZ CORTÉS, domiciliado en calle Heriberto Covarrubias número setenta y nueve, departamento trescientos seis, comuna de Ñuñoa, Santiago, han modificado la sociedad de responsabilidad limitada denominada “CLINICA DEL VALLE ODONTOLOGIA Y MEDICINA LIMITADA”, inscrita en el Registro de Comercio de Santiago a Fojas 43.287, Número 29.767, del año 2008, publicada en el Diario Oficial el 23 de septiembre de 2008, la modificación consiste en se reemplazar íntegramente la cláusula quinta de los estatutos quedando de la siguiente forma: La administración, el uso de la razón social y la representación de la sociedad corresponderá a los socios SANDRA MILENA SUÁREZ GUERRERO, OSCAR DE JESÚS PÉREZ MARTÍNEZ y EDMUNDO ANTONIO RUIZ CORTÉS, los que actuando de forma separada, anteponiendo la razón social a sus firmas, la representaran con las amplias facultades de administración y disposición de los bienes sociales, ante cualquier persona natural o jurídica, autoridades civiles, judiciales, administrativas o municipales; instituciones u organismos fiscales, semifiscales, de administración autónoma, corporaciones o particulares, y podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos propios del giro de la sociedad y los que sean necesarios o conducentes al cumplimiento de su objeto. Los administradores tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, sin limitación alguna, a excepción de aquellos actos y contratos en que el monto supere las 500 UF, en cuyo caso será necesaria la concurrencia de dos de los socios, indistintamente. Las demás atribuciones y estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 13 de enero de 2025.