Valdivieso, Gutiérrez y Manríquez abogados Limitada
Instrumento
- Repertorio
- 20785-2024
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- 8º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $60.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público Titular de la 8º Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos Nº 941, local 302, Santiago, certifico que por escritura pública otorgada hoy, ante mí bajo el repertorio 20785-2024, Francisco Javier Valdivieso Tagle, Mario Santiago Manríquez Santa Cruz, Juan Francisco Gutiérrez Undurraga, Mario Alberto Correa Manríquez, y José Miguel Goycoolea González, todos domiciliados en Av. Las Condes 11.380, of. 92, comuna de Vitacura, modificaron la sociedad Valdivieso, Gutiérrez y Manríquez Abogados Limitada en los siguientes términos: Uno) Se incorporaron dos nuevos socios a la sociedad mediante cesiones de derechos sociales de la forma que se indica a continuación: i) Francisco Javier Valdivieso Tagle cedió el 13,33% del total de los derechos sociales a don Mario Alberto Correa Manríquez, y José Miguel Goycoolea González por mitades, esto es el 6,665 % del total de los derechos sociales para cada uno de ellos; ii) Mario Santiago Manríquez Santa Cruz cedió el 13,33% del total de los derechos sociales a don Mario Alberto Correa Manríquez, y José Miguel Goycoolea González por mitades, esto es el 6,665 % del total de los derechos sociales para cada uno de ellos; iii) Juan Francisco Gutiérrez Undurraga cedió el 13,33% del total de los derechos sociales a don Mario Alberto Correa Manríquez, y José Miguel Goycoolea González por mitades, esto es el 6,665 % del total de los derechos sociales para cada uno de ellos. El precio de cada una de estas cesiones es la suma de 20.000 pesos por cada mitad que los cesionarios pagaron al contado y en dinero efectivo. Dos) En consecuencia, se reemplazó el texto de la cláusula sexta del estatuto social vigente, por el que sigue: “TÍTULO SEGUNDO: DEL CAPITAL. El Capital de la sociedad es la suma de $300.000 que ha sido íntegramente aportado por los socios en la forma y proporción que a continuación se expresa: a) Francisco Javier Valdivieso Tagle, la suma de $60.000, equivalente al 20% del capital social; don Mario Manríquez Santa Cruz, la suma de $60.000, equivalente al 20% del capital social; don Juan Francisco Gutiérrez Undurraga, la cantidad de $60.000, equivalente al 20 % del capital social; don Mario Correa Manríquez la suma de $60.000, que equivale al 20 % del capital social; y don José Miguel Goycoolea González la cantidad de $60.000, equivalente al 20 % del capital social. Tres) En todo lo no modificado por el presente instrumento, permanecen plenamente vigentes las cláusulas del pacto social original. Santiago, 24 diciembre 2024.