MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Manuka SpA

RUT 76320770-6 CVE 2596816
Capital
$14.179.937 CLP
Fecha instrumento
31 de diciembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
31 de diciembre de 2024
Repertorio
16989-2024
Notario
Karina Alejandra Flores Muñoz
Domicilio
don Andrés Felipe Rieutord Alvarado
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$14.179.937 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Junta Extraordinaria de accionistas de MANUKA SpA socio 76320770-6

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Karina Alejandra Flores Muñoz, Notario Público Suplente de don Andrés Felipe Rieutord Alvarado, Notario Público Titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N°65, piso 2, Providencia, certifica que: por escritura pública de 31 de diciembre de 2024, repertorio N° 16.989-2024, ante el Notario Titular, se redujo acta de Junta Extraordinaria de accionistas de MANUKA SpA, Rol Único Tributario N°76.320.770-6, sociedad inscrita a fojas 25.701 N°18.613 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2005, celebrada con fecha 31 de diciembre de 2024. En dicha Junta la unanimidad de los accionistas de la Sociedad, según el registro de accionistas que tuve a la vista, aprobaron, entre otros acuerdos: Uno) la fusión por incorporación de Toromiro SpA en Manuka SpA, adquiriendo esta última todos los activos y asumiendo todos los pasivos de Toromiro SpA, la que se disuelve sin ser necesaria su liquidación, todo con efecto al 31 de diciembre de 2024. Dos) Como resultado de la fusión acordada, se aumenta el capital de Manuka SpA en $716, quedando el capital en $14.179.937, dividido en 14.179.937 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. Tres) Como resultado de la fusión, se acordó modificar los artículos quinto permanente y primero transitorio de los estatutos sociales de Manuka SpA, con el objeto de reflejar en ellos el aumento de capital antes señalado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador de este extracto para su legalización. Santiago, 9 de enero de 2025.