CEA SENIORS CONSULTORES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 10 de enero de 2025
- Notario
- GLORIA ORTIZ CARMONA
- Oficio
- Tercera Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.050.000 CLP
- Domicilio
- Badajoz Nº100, oficina 1014 de la comuna de Las Condes, Región Metropolitana
- Duración
- 5 años a contar de la fecha de la escritura de constitución entendiéndose renovada, en forma automática y sucesiva, por períodos de 5 años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifestare su voluntad de poner término a la expiración de un determinado período, voluntad que deberá expresarse por medio de una declaración hecha por escritura pública que deberá anotarse al margen de la inscripción de la sociedad en el registro de comercio, con 3 meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período que corresponda. La
Administración
será exclusiva del socio Claudio Enrique Aguirre Aguirre, actuando en la forma antedicha, anteponiendo su firma a la razón social, podrá representar a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo realizar toda clase de operaciones sociales y, en especial, las señaladas en la escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGLORIA ORTIZ CARMONA, Notario Público Titular de la Tercera Notaría Santiago, con asiento en la comuna de Vitacura, con oficio en Av. Vitacura 6471, comuna de Vitacura, Santiago, certifico: que por escritura pública de 10 de enero de 2025 ante mí, don Claudio Enrique Aguirre Aguirre, con domicilio en Juan Casas Nº42, San Felipe, y doña Paulina Andrea Fernández Vázquez, con domicilio en Salinas Nº1373, San Felipe, constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada: Razón social “CEA SENIORS CONSULTORES LIMITADA”, Giro: servicios. Domicilio: Badajoz Nº100, oficina 1014 de la comuna de Las Condes, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero, Capital: es la suma de $1.050.000.-, los cuales se enteran en este acto por los socios en caja social, en dinero efectivo, distribuyéndose entre estos de la siguiente forma: a) don Claudio Enrique Aguirre Aguirre, aporta la cantidad de $1.000.000.- ya enterados en caja social, con lo que sus derechos son equivalente al 99% del capital social; b) doña Paulina Andrea Fernández Vásquez, aporta la cantidad de $50.000.- ya enterados en caja social, con lo que sus derechos son equivalentes al 1% del capital social. Administración, Representación y el Uso de la Razón Social: será exclusiva del socio Claudio Enrique Aguirre Aguirre, actuando en la forma antedicha, anteponiendo su firma a la razón social, podrá representar a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo realizar toda clase de operaciones sociales y, en especial, las señaladas en la escritura extractada. Duración: 5 años a contar de la fecha de la escritura de constitución entendiéndose renovada, en forma automática y sucesiva, por períodos de 5 años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifestare su voluntad de poner término a la expiración de un determinado período, voluntad que deberá expresarse por medio de una declaración hecha por escritura pública que deberá anotarse al margen de la inscripción de la sociedad en el registro de comercio, con 3 meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período que corresponda. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Vitacura, 10 de enero, 2025.