MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Industria de Muebles Dhomo Limitada

RUT 79586160-2 CVE 2596333
Capital
$229.659 CLP
Fecha instrumento
14 de noviembre de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
14 de noviembre de 2024
Repertorio
52509-2024
Notario
Verónica Isabel Gonzalez Davila
Oficio
Titular de la 38ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$229.659 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
5 años, esta fecha, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 3 años, forma indicada escritura extractada. La Sociedad no se disolverá en caso de muerte, insolvencia, quiebra o incapacidad sobreviniente de cualquiera de los socios personas naturales, eventos en los cuales continuará entre los herederos o representantes del socio fallecido, fallido o incapacitado, y los socios restantes. Misma regla se aplicará en caso de disolución o quiebra de socios personas jurídicas

Objeto social

El objeto de la Sociedad será: a) La compra, venta, arrendamiento, inversión, explotación y financiamiento, por cuenta propia o de terceros, de todo tipo de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales, pudiendo formar, participar, asociarse o intervenir, en cualquier forma, en empresas, sociedades de cualquier naturaleza, comunidades, entidades o agencias, adquirir y enajenar activos, pasivos, acciones, créditos por cesión, derechos sociales, valores, bonos y toda clase de capitales mobiliarios.- y, b) La ejecución de todos los actos, contratos o negocios que digan relación, directa o indirectamente, con los rubros mencionados precedentemente, y que los socios de común acuerdo determinen sin limitación de ninguna especie

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Verónica Isabel Gonzalez Davila, Notario Público Suplente de la Titular de la 38ª Notaría Santiago, doña Maria Soledad Lascar Merino, con oficio en Isidora Goyenechea N°3.477, oficina 10, comuna de Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 14 de noviembre de 2024, repertorio N°52.509-2024, otorgada ante mi, Patricio Francisco López Wielandt, Inversiones Santa Beatriz Limitada, Inversiones Santa Cruz Limitada, Beatriz Boetsch Vicuña, Beatriz López Boetsch, Paula López Boetsch, Francisca López Boetsch, debidamente representada, Andrea López Boetsch, Antonia López Boetsch, e Ignacia López Boetsch, todos domiciliados en Camino El Cajón N°17.729, Lo Barnechea, en calidad de únicos socios de INDUSTRIA DE MUEBLES DHOMO LIMITADA, inscrita a fojas 7.554 N°3.863 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, 1985, acuerdan: 1) Declarar y dejar expresa constancia que con fecha 18 de diciembre de 2022 venció el plazo para pagar el saldo pendiente del capital social por la suma de $1.110.931.-, por lo que el capital social de INDUSTRIA DE MUEBLES DHOMO LIMITADA quedó reducido de pleno derecho al monto efectivamente suscrito y pagado a dicha fecha, quedando en consecuencia éste en la suma de $229.659.- y no en $1.340.590.- Se acordó asimismo, modificar la cláusula sexta de los Estatutos Sociales, en siguientes términos: SEXTO: El capital de la sociedad es la cantidad de $229.659.- que los socios aportaron con anterioridad a esta fecha, y los derechos sociales se distribuyen entre sus actuales y únicos socios conforme al siguiente detalle: Patricio Francisco López Wielandt, un 19% en el capital social; Inversiones Santa Beatriz Limitada, un 1% en el capital social; Inversiones Santa Cruz Limitada, un 79,86% en el capital social; Beatriz Boetsch Vicuña, un 0,02% en el capital social; Beatriz López Boetsch, un 0,02% en el capital social; Paula López Boetsch, un 0,02 % en el capital social; Francisca López Boetsch, un 0,02% en el capital social; Andrea López Boetsch, un 0,02% en el capital social; Antonia López Boetsch, un 0,02 % en el capital social; y, Ignacia López Boetsch, un 0,02% en el capital social.- 2) La división de INDUSTRIA DE MUEBLES DHOMO LIMITADA, con efecto legal y tributario a partir de esta fecha, y constituir una nueva sociedad de responsabilidad limitada, acordándose: a) Disminuir el capital social de INDUSTRIA DE MUEBLES DHOMO LIMITADA de $229.659.- a la cantidad de $17.658.- Se acordó asimismo, modificar la cláusula sexta de los Estatutos Sociales, en siguientes términos: SEXTO: El capital de la sociedad es la cantidad de $17.658.- que los socios aportaron con anterioridad a esta fecha, y los derechos sociales se distribuyen entre sus actuales y únicos socios conforme al siguiente detalle: Patricio Francisco López Wielandt, un 19% en el capital social; Inversiones Santa Beatriz Limitada, un 1% en el capital social; Inversiones Santa Cruz Limitada, un 79,86% en el capital social; Beatriz Boetsch Vicuña, un 0,02% en el capital social; Beatriz López Boetsch, un 0,02% en el capital social; Paula López Boetsch, un 0,02 % en el capital social; Francisca López Boetsch, un 0,02% en el capital social; Andrea López Boetsch, un 0,02% en el capital social; Antonia López Boetsch, un 0,02 % en el capital social; y, Ignacia López Boetsch, un 0,02% en el capital social.- b) Constituir una nueva sociedad, de acuerdo a los siguientes estatutos: Patricio Francisco López Wielandt, Inversiones Santa Beatriz Limitada, Inversiones Santa Cruz Limitada, Beatriz Boetsch Vicuña, Beatriz López Boetsch, Paula López Boetsch, Francisca López Boetsch, debidamente representada, Andrea López Boetsch, Antonia López Boetsch, e Ignacia López Boetsch, todos domiciliados en Camino El Cajón N°17.729, Lo Barnechea, constituyen una sociedad civil de responsabilidad limitada.- Objeto: El objeto de la Sociedad será: a) La compra, venta, arrendamiento, inversión, explotación y financiamiento, por cuenta propia o de terceros, de todo tipo de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales, pudiendo formar, participar, asociarse o intervenir, en cualquier forma, en empresas, sociedades de cualquier naturaleza, comunidades, entidades o agencias, adquirir y enajenar activos, pasivos, acciones, créditos por cesión, derechos sociales, valores, bonos y toda clase de capitales mobiliarios.- y, b) La ejecución de todos los actos, contratos o negocios que digan relación, directa o indirectamente, con los rubros mencionados precedentemente, y que los socios de común acuerdo determinen sin limitación de ninguna especie.- Razón Social: Inversiones El Radal Limitada.- Nombre Fantasía: “Inversiones El Radal Ltda.” Administración y uso razón social: corresponderá a Patricio Francisco López Wielandt, quien actuando individualmente, y en caso de encontrarse ausente o imposibilitado para ejercer la representación, esta será asumida por Beatriz Boetsch Vicuña, y de encontrarse esta última también imposibilitada, lo harán en forma conjunta, Beatriz López Boetsch y Camila López Boetsch.- Capital: El capital social será la cantidad de $212.001.- que los socios aportaron con anterioridad a esta fecha, en la siguiente forma y proporción: a) Patricio Francisco López Wielandt, un 19% del capital social y propiedad de la presente sociedad; b) Inversiones Santa Beatriz Limitada, un 1% del capital social y propiedad de la presente sociedad; c) Inversiones Santa Cruz Limitada, un 79,86% del capital social y propiedad de la presente sociedad; d) Beatriz Boetsch Vicuña, un 0,02% del capital social y propiedad de la presente sociedad; e) Beatriz López Boetsch, un 0,02% del capital social y propiedad de la presente sociedad; f) Paula López Boetsch, un 0,02 % del capital social y propiedad de la presente sociedad; g) Francisca López Boetsch, un 0,02% del capital social y propiedad de la presente sociedad; h) Andrea López Boetsch, un 0,02% del capital social y propiedad de la presente sociedad; i) Antonia López Boetsch, un 0,02 % del capital social y propiedad de la presente sociedad; y, j) Ignacia López Boetsch, un 0,02% del capital social y propiedad de la presente sociedad.- Responsabilidad de los socios limitada al monto de los respectivos aportes.- Duración: 5 años, esta fecha, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 3 años, forma indicada escritura extractada. La Sociedad no se disolverá en caso de muerte, insolvencia, quiebra o incapacidad sobreviniente de cualquiera de los socios personas naturales, eventos en los cuales continuará entre los herederos o representantes del socio fallecido, fallido o incapacitado, y los socios restantes. Misma regla se aplicará en caso de disolución o quiebra de socios personas jurídicas.- Domicilio: Santiago.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- En todo lo no modificado se mantienen vigentes en todas sus partes los estatutos sociales. Santiago, 09 de Enero de 2025.