MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIAL KTS GLOBAL LIMITADA

RUT 77861519-3 CVE 2596310
Capital
$1.200.000 CLP
Fecha instrumento
23 de diciembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
23 de diciembre de 2024
Repertorio
16183/2024
Notario
COSME FERNANDO GOMILA GATICA
Oficio
Cuarta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.200.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, domiciliado en Carmencita 20, Las Condes, Santiago, certifica: Por escritura pública ante el titular , de fecha 23/12/2024, repertorio N° 16.183/2024, INVERSIONES TAGO LIMITADA, Rut N° 77.507.840-5, representada por don Sandro Enzo Tavonatti Polli, cédula de identidad N° 10.203.296-9, ambos con domicilio en calle Camino La Golondrina 5.102, comuna de Lo Barnechea, Santiago; ASESORÍAS E INVERSIONES AUTERRIVE LIMITADA, Rut N° 76.099.377-8, representada por don Erik Paul Saphores Martinez, cédula de identidad N° 7.670.331-0, ambos con domicilio en calle Los Lagares N° 6.932, comuna de Vitacura, Santiago; don ALEJANDRO ALBERTO KASSENS HEGEDUS, cédula de identidad N° 7.010.925-5, con domicilio en Avenida Los Trapenses N° 4.940, casa 16, comuna de Lo Barnechea, Santiago; e “INVERSIONES KATAR LIMITADA”, Rut N° 77.875.468-1, ésta última representada por don Alejandro Alberto Kassens Hegedus, ya individualizado, ambos con domicilio en Avenida Los Trapenses N° 4.940, casa 16, comuna de Lo Barnechea, Santiago; acordaron modificar la sociedad de responsabilidad limitada denominada “COMERCIAL KTS GLOBAL LIMITADA”, Rut N° 77.861.519-3, Capital $1.200.000, inscrita fojas 20.602 número 8.937 del año 2024 del Registro de Comercio de Santiago, en los siguientes términos: Uno) Don Alejandro Alberto Kassens Hegedus vende la totalidad de sus derechos sociales, equivalente a un 33,34% de la sociedad, a Inversiones Katar Limitada, para quien los compra su representante en el precio fijado en escritura extractada; Dos) En consecuencia, los socios y su participación en el capital social queda como sigue: a) “Inversiones Tago Limitada” con un 33,33% del capital social; b) “Asesorías e Inversiones Auterrive Limitada” con un 33,33% del capital social; y c) “Inversiones Katar Limitada” con un 33,34% del capital social. Tres) Los socios acuerdan modificar el artículo quinto del estatuto de la sociedad, quedado como sigue: “ARTICULO QUINTO: El capital de la sociedad será la suma de un millón doscientos mil pesos que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) “INVERSIONES TAGO LIMITADA” aporta la suma de cuatrocientos mil pesos, equivalente al treinta y tres coma treinta y tres por ciento del capital social, que paga al contado y en dinero efectivo, ingresándola en este acto a la caja social; b) “ASESORÍAS E INVERSIONES AUTERRIVE LIMITADA” aporta la suma de cuatrocientos mil pesos, equivalente al treinta y tres coma treinta y tres por ciento del capital social, que paga al contado y en dinero efectivo, ingresándola en este acto a la caja social y c) “INVERSIONES KATAR LIMITADA” aporta la suma de cuatrocientos mil pesos, equivalente al treinta y tres coma treinta y cuatro por ciento del capital social, que paga al contado y en dinero efectivo, ingresándola en este acto a la caja social. Los socios limitan su responsabilidad personal hasta el monto de sus respectivos aportes.”. En todo aquello que no ha sido modificado, subsiste plenamente el pacto social.- Santiago, 08 de Enero de 2025. mmo