TURISMO CANALES PATAGÓNICOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 29 de noviembre de 2024
- Notario
- PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA
- Oficio
- 48° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA, Abogado, Notario Público Titular de la 48° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N° 3.076, oficina 601, comuna de Las Condes, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 29 de noviembre de 2024, ante mi comparecen: doña VICTORIA EUGENIA BANCIELLA IHNEN, chilena, casada bajo régimen de separación de bienes, secretaria, cédula de identidad número siete millones ciento ochenta y un mil trescientos ochenta y cuatro guion tres, en representación de don ANTONIO MARCHIONI, italiano, casado, empresario, pasaporte de la República Italiana número A nueve nueve ocho dos cuatro cinco, Rol Único Tributario número cuarenta y ocho millones noventa y nueve mil setecientos noventa y tres guion K; y don ALEJANDRO SOLO DE ZALDÍVAR CLAVEL, chileno, casado bajo régimen de separación de bienes, empresario, cédula de identidad número seis millones doscientos cincuenta y seis mil seiscientos setenta y cuatro guion cuatro, ambos comparecientes domiciliados para estos efectos en Avenida Apoquindo número dos mil novecientos treinta, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana. Los comparecientes son los únicos y actuales socios de la compañía “TURISMO CANALES PATAGÓNICOS LIMITADA”, sociedad del giro de su denominación, rol único tributario N°76.409.510-3, constituida con fecha 4 de noviembre de 2005 y plazo de vigencia con renovación automática, donde un extracto de dicha escritura rola a fojas 459, número 410 del Registro de Comercio de Punta Arenas correspondiente al año 2005, y publicado en diario oficial con fecha 19 de noviembre de 2005. La sociedad no ha sido objeto de modificaciones, de modo que don ALEJANDRO SOLO DE ZALDÍVAR CLAVEL se mantiene como el socio encargado de la administración y uso de la razón social de la compañía. Los comparecientes, en su calidad de únicos y actuales socios, vienen en modificar la sociedad por cesión de derechos y modificación de artículo sexto de sus estatutos, en el siguiente sentido: i) Cesión derechos sociales. En este acto doña VICTORIA EUGENIA BANCIELLA IHNEN, ya individualizada y en representación de don ANTONIO MARCHIONI, vende, cede y transfiere el 50% de los derechos sociales de TURISMO CANALES PATAGÓNICOS LIMITADA, correspondientes al 100% de la participación de don ANTONIO MARCHIONI en dicha sociedad, a la compañía SOLO PATAGONIA LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, rol único tributario en tramitación, debidamente representada por don ALEJANDRO SOLO DE ZALDÍVAR CLAVEL, quien adquiere para sí, por un precio de venta calculado en relación a su participación en el patrimonio de la sociedad, que asciende a la suma de USD $130.000 dólares de los Estados Unidos de América, los que serán pagados en este acto en dinero efectivo. La cesión de derechos sociales se efectúa con el acuerdo de los actuales socios de la sociedad, don ANTONIO MARCHIONI, debidamente representado, y don ALEJANDRO SOLO DE ZALDÍVAR CLAVEL. Debido a lo anterior, don ANTONIO MARCHIONI se retira de la sociedad TURISMO CANALES PATAGÓNICOS LIMITADA, pasando la sociedad SOLO PATAGONIA LIMITADA, a ser titular del 50% del capital social; ii) Modificación estatutos. En consecuencia de lo anterior, los comparecientes don ALEJANDRO SOLO DE ZALDÍVAR CLAVEL, por sí y en representación de la sociedad SOLO PATAGONIA LIMITADA, en su calidad de actuales y únicos socios de “TURISMO CANALES PATAGÓNICOS LIMITADA”, vienen en modificar la cláusula sexta de los estatutos relativas al capital de la sociedad, quedando del siguiente tenor: “ARTÍCULO SEXTO: El capital de la sociedad es la suma de cincuenta y tres millones de pesos, aportados y enterados por los socios en las siguientes proporciones: a) ALEJANDRO SOLO DE ZALDÍVAR CLAVEL ha aportado la suma de veintiséis millones quinientos mil pesos, que representan un cincuenta por ciento del capital social, enterados en arcas sociales; y, b) SOLO PATAGONIA LIMITADA ha aportado la suma de veintiséis millones quinientos mil pesos, que representan un cincuenta por ciento del capital social, enterados en arcas sociales. Dichos aportes se encuentran enterados y pagados en arcas sociales y la sociedad se ha dado por recibida de ellos, otorgando a los socios la correspondiente cancelación de sus obligaciones”. Vigencia Estatutos. En todo lo no modificado se entiende que se mantienen vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 17 de diciembre de 2024.