SERVICIOS PROFESIONALES GUERRERO OLIVOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 12 de noviembre de 2024
- Notario
- IVÁN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- 33ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público titular de la 33ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°979, oficina 501, Santiago, certifica: Que por escritura pública de fecha 12 de noviembre de 2024, otorgada ante mí, bajo repertorio número 16.581-2024, Sebastián Abogabir Méndez, Juan Enrique Allard Serrano, Miguel Andrés Coddou Astrain, Eduardo Erick Cordero Quinzacara, Benjamín Pedro Matías Agustín Ferrada Walker, Rocío Macarena García De La Pastora Zavala, Pedro Lyon Bascur, Pedro Julio Pellegrini Ripamonti, Benjamín Pérez Arrieta, Clemente José Pérez Errázuriz, Martín Santa María Oyanedel, José Gabriel Undurraga Martínez, Sergio Enrique Yávar Celedón, y Marco Antonio Zavala Inostroza; todos domiciliados en Avenida Vitacura N°2939, piso 12, Las Condes, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada “Servicios Profesionales Guerrero Olivos Limitada”, en los siguientes términos: /Uno/ De conformidad con las cesiones de derechos contenidas en la escritura extractada, don Alejandro David Chechilnitzky Rodríguez adquirió el 2,5% de los derechos sociales; don Felipe Fruhling Knapp adquirió el 2,5% de los derechos sociales; y don Benjamín Novoa Mackenna adquirió el 2,5% de los derechos sociales; y /Dos/ Consecuentemente, se reemplazó el Artículo Quinto de los estatutos sociales, por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la Sociedad será la suma de $10.000.000, que los socios aportan, enteran y pagan de la siguiente forma: /Uno/ don Sebastián Abogabir Méndez con la suma de $669.000, equivalente al 6,69% de los derechos sociales, enterado y pagado con anterioridad a este acto; /Dos/ don Juan Enrique Allard Serrano con la suma de $1.096.000, equivalente al 10,96% de los derechos sociales, enterado y pagado con anterioridad a este acto; /Tres/ don Alejandro David Chechilnitzky Rodríguez, con la suma de $250.000, equivalente al 2,5% de los derechos sociales, el cual paga al contado y en efectivo en este acto; /Cuatro/ don Miguel Andrés Coddou Astrain con la suma de $250.000, equivalente al 2,5% de los derechos sociales, enterado y pagado con anterioridad a este acto; /Cinco/ don Eduardo Erick Cordero Quinzacara con la suma de $833.000, equivalente al 8,33% de los derechos sociales, enterado y pagado con anterioridad a este acto; /Seis/ don Benjamín Pedro Matías Agustín Ferrada Walker con la suma de $250.000, equivalente al 2,5% de los derechos sociales, enterado y pagado con anterioridad a este acto; /Siete/ don Felipe Frühling Knapp con la suma de $250.000, equivalente al 2,5% de los derechos sociales, enterado y pagado con anterioridad a este acto; /Ocho/ doña Rocío Macarena García De La Pastora Zavala con la suma de $250.000, equivalente al 2,5% de los derechos sociales, enterado y pagado con anterioridad a este acto; /Nueve/ don Pedro Lyon Bascur con la suma de $948.000, equivalente al 9,48% de los derechos sociales, enterado y pagado con anterioridad a este acto; /Diez/ don Benjamín Novoa Mackenna con la suma de $250.000, equivalente al 2,5% de los derechos sociales, enterado y pagado con anterioridad a este acto; /Once/ don Pedro Julio Pellegrini Ripamonti con la suma de $1.096.000, equivalente al 10,96% de los derechos sociales, enterado y pagado con anterioridad a este acto; /Doce/ don Benjamín Pérez Arrieta con la suma de $250.000, equivalente al 2,5% de los derechos sociales, enterado y pagado con anterioridad a este acto; /Trece/ don Clemente José Pérez Errázuriz con la suma de $1.096.000, equivalente al 10,96% de los derechos sociales, enterado y pagado con anterioridad a este acto; /Catorce/ don Martín Santa María Oyanedel con la suma de $1.096.000, equivalente al 10,96% de los derechos sociales, enterado y pagado con anterioridad a este acto; /Quince/ don José Gabriel Undurraga Martínez con la suma de $637.000, equivalente al 6,37% de los derechos sociales, enterado y pagado con anterioridad a este acto; /Dieciséis/ don Sergio Enrique Yávar Celedón con la suma de $519.000, equivalente al 5,19% de los derechos sociales, enterado y pagado con anterioridad a este acto; y, /Diecisiete/ don Marco Antonio Zavala Inostroza con la suma de $250.000, equivalente al 2,5% de los derechos sociales. En consecuencia, el capital de la Sociedad se encuentra totalmente aportado, enterado y pagado.” Las demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 07 de enero de 2025.