MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Propiedades V y M Limitada

RUT 77255270-K CVE 2595729
Capital
$152.000.000 CLP
Fecha instrumento
17 de diciembre de 2024

Instrumento

Fecha
17 de diciembre de 2024
Notario
CESAR RODOLFO VALDIVIA FERNANDEZ
Domicilio
Titular Viña del Mar

Sociedad

Capital
$152.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CESAR RODOLFO VALDIVIA FERNANDEZ, Abogado, Notario Público Suplente de Titular Viña del Mar, ELIANA GABRIELA GERVASIO ZAMUDIO, Arlegui 537, certifica: Por escritura hoy ante mí, MAGALY DEL PILAR OLIVARES ARREDONDO, cédula de identidad N° 8.980.739-5, Eklonia trescientos noventa y cinco, Viña del Mar, ESTEPHANIE ANDREA GALLARDO OLIVARES, cédula de identidad N° 17.356.525-9, Avenida Edmundo Eluchans 1985, departamento 151, Viña del Mar; CAROLINA CLAUDIA GALLARDO OLIVARES, cédula de identidad N° 15.095.139-9, Avenida Frei número cuatro mil trescientos cuarenta y cinco, comuna de Viña del Mar; y RODOLFO VICENTE GALLARDO OLIVARES, cédula de identidad N° 18.782.688.8, Avenida Los Medanos 129, departamento 132, Viña del Mar, resolvieron modificar la sociedad “PROPIEDADES V Y M LIMITADA”, constituida 18 Marzo 1999, Notario Público de Viña del Mar Gilberto Harris Dazarola, inscrita a fojas 195 N° 232 Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar año 1999, capital social es de $152.000.000. Se pactó una modificación de la clausula cuarta agregando agregando a ESTEPHANIE ANDREA GALLARDO OLIVARES, cédula de identidad N° 17.356.525-9, como representante legal y administrador de la sociedad “PROPIEDADES V Y M LIMITADA”. Para actuar conjuntamente con el ya designando VICENTE JULIO GALLARDO VERGARA, cédula de identidad N° 6.236.580-3 en calidad de extraño de la sociedad o no socio. Los representantes podrán actuar y hacer uso de la razón social con las mismas facultades expresadas en la escritura de constitución de la sociedad y sus modificaciones, además de la de autocontratación que se les entrega en este acto. En lo no modificado, se mantienen vigentes las cláusulas establecidas en la escritura de constitución social y modificaciones. En caso de fallecimiento de cualquiera de los socios, la administración y representación de la sociedad recaerá en dos de los tres socios, sobreviviente cualquiera ellos sean, los que deberán obrar conjuntamente. Demas estipulaciones escritura extractada. Portador facultado legalización. 17 Diciembre 2024.