MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ORTOGRAF SERVICIOS Y ASESORÍAS ODONTOLÓGICAS LIMITADA

RUT 77047970-3 CVE 2594926
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
27 de diciembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
27 de diciembre de 2024
Repertorio
7389-2024
Notario
LINDA SCARLETT BOSCH JIMÉNEZ
Oficio
Vigésima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LINDA SCARLETT BOSCH JIMÉNEZ, abogado, Notario Público Titular de la Vigésima Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo número 4990, Las Condes, Santiago, Certifico: Que, por escritura pública de fecha 27/12/2024, repertorio 7389-2024, ante mí, Doña MARÍA PILAR DORYS NÚÑEZ ASECIO, cédula nacional de identidad número 10.088.945-5, y don JUAN ENRIQUE PFISTER RÍOS, cédula nacional de identidad número 9.975.973-9, por sí y en representación, de “NÚÑEZ Y PFISTER LIMITADA”, Rol Único Tributario número 77.047.970-3, todos domiciliados en domiciliada en Martín de Zamora número 6561 departamento 502, Las Condes, Región Metropolitana, modificaron la sociedad “SERVICIOS ODONTOLÓGICOS ORTOGRAPHLIMITADA”, hoy “ORTOGRAF SERVICIOS Y ASESORÍAS ODONTOLÓGICAS LIMITADA”, RUT N°77.072.530-5, inscrita a fojas 25479 número 20602 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 1997, capital $1.000.000.-, en lo siguiente: NÚÑEZ Y PFISTER LIMITADA, vende, cede y transfiere a don JUAN ENRIQUE PFISTER RÍOS, el 100 por ciento de sus derechos sociales en la sociedad ORTOGRAF SERVICIOS Y ASESORÍAS ODONTOLÓGICAS LIMITADA, equivalentes al 50 por ciento del haber social, quien los adquiere y acepta para sí. Quedan como únicos dueños doña María Pilar Dorys Núñez Asecio y don Juan Enrique Pfister Ríos, en un cincuenta por ciento cada uno. Los actuales y únicos socios de la sociedad, modifican la cláusula séptima del título tercero del pacto constitutivo y la cláusula octava de la modificación de fecha tres de marzo del año dos mil cuatro, referentes a la administración y uso de la razón social, en el sentido que la administración y el uso de la razón social corresponderá a ambos socios, en forma separada e indistintamente, con las más amplias facultades y atribuciones otorgadas en el pacto constitutivo.- Demas estipulaciones en escritura extractada.- En Santiago, a 27 de diciembre de 2024.