CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

MG SEGUROS LIMITADA

CVE 2594933
Capital
$2.000 CLP
Fecha instrumento
6 de enero de 2025
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
6 de enero de 2025
Repertorio
38/2025
Notario
JULIO CÉSAR ALEJANDRO FERREIRA SALAZAR
Domicilio
Concepción

Sociedad

Capital
$2.000 CLP
Domicilio
Los Ángeles
Duración
cinco años contados desde la fecha de escritura extractada y se entenderá renovada tácita y automáticamente, por períodos iguales y sucesivos si ninguna de las partes manifestare su intención de ponerle término por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio respectivo con una anticipación mínima de seis meses al vencimiento del plazo o al de alguna de sus prórrogas. Fallecimiento de un

Objeto social

la intermediación en la contratación de seguros, actuando como corredor de seguros. La sociedad se dedicará a: Uno) asesorar a personas naturales y jurídicas en la selección de pólizas de seguros que mejor se adapten a sus necesidades y riesgos específicos; Dos) negociar y gestionar la contratación de seguros con compañías aseguradoras, obteniendo las mejores condiciones y coberturas para sus clientes; Tres) prestar servicios de consultoría en materia de seguros, incluyendo la evaluación de riesgos, análisis de coberturas y recomendaciones de mejoras en la protección aseguradora; Cuatro) administrar y gestionar pólizas de seguros, incluyendo la tramitación de siniestros y reclamaciones ante las aseguradoras; Cinco) realizar actividades de promoción y comercialización de productos y servicios de seguros; Seis) La actividad de inversión en general, en bienes muebles o inmuebles; y, Siete) Cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con las señaladas precedentemente. Administración, representación y uso de su

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JULIO CÉSAR ALEJANDRO FERREIRA SALAZAR, Notario Público de Concepción, Octava Región, con oficio en Castellón número ciento dieciséis, suplente del Notario Interino don PEDRO ENRIQUE HIDALGO SARZOSA, certifica: Que, por escritura pública de fecha 6 de enero de 2025, repertorio Nº38/2025, ante el Notario Interno don PEDRO ENRIQUE HIDALGO SARZOSA, Ivan Alejandro Goñi Arratia, técnico forestal, y María Lourdes Moraga Alarcón, corredora de seguros, ambos domiciliados en Los Sauces N°1302, villa Santa Fe, comuna de Los Ángeles, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: "MG SEGUROS LIMITADA”. Objeto: la intermediación en la contratación de seguros, actuando como corredor de seguros. La sociedad se dedicará a: Uno) asesorar a personas naturales y jurídicas en la selección de pólizas de seguros que mejor se adapten a sus necesidades y riesgos específicos; Dos) negociar y gestionar la contratación de seguros con compañías aseguradoras, obteniendo las mejores condiciones y coberturas para sus clientes; Tres) prestar servicios de consultoría en materia de seguros, incluyendo la evaluación de riesgos, análisis de coberturas y recomendaciones de mejoras en la protección aseguradora; Cuatro) administrar y gestionar pólizas de seguros, incluyendo la tramitación de siniestros y reclamaciones ante las aseguradoras; Cinco) realizar actividades de promoción y comercialización de productos y servicios de seguros; Seis) La actividad de inversión en general, en bienes muebles o inmuebles; y, Siete) Cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con las señaladas precedentemente. Administración, representación y uso de su razón social: Ivan Alejandro Goñi Arratia y María Lourdes Moraga Alarcón indistintamente, según facultades escritura extractada. Capital: $2.000.000 que los socios aportan y enteran, en razón de un 60% doña María Lourdes Moraga Alarcón y 40% Ivan Alejandro Goñi Arratia, al contado, en dinero efectivo e ingresado a caja social. Por consiguiente, el capital se encuentra íntegramente pagado. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Duración: cinco años contados desde la fecha de escritura extractada y se entenderá renovada tácita y automáticamente, por períodos iguales y sucesivos si ninguna de las partes manifestare su intención de ponerle término por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio respectivo con una anticipación mínima de seis meses al vencimiento del plazo o al de alguna de sus prórrogas. Fallecimiento de un socio: En caso de fallecimiento de algún socio la sociedad continuará con el sobreviviente y los herederos del fallecido. Domicilio: Los Ángeles. Demás estipulaciones escritura extractada. Concepción 07 de enero de 2025.