Instrumento
- Fecha
- 18 de diciembre de 2024
- Repertorio
- 16186-2024
- Notario
- Notario Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto la adquisición de toda clase de bienes situados en Chile o en el exterior, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, tales como bienes raíces, acciones, valores, bonos, cuotas de fondos de inversión, derechos, privilegios y cualquier otro tipo instrumento financiero, con la finalidad de obtener rentas y administrar dichas inversiones, por cuenta propia o ajena, en forma directa o indirecta, constituyendo o participando en Chile o en el exterior en todo tipo de sociedades o entidades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalKARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogada, Notario Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público de la 36º Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción Nº 65, piso 2, Providencia, certifico: que por escritura pública de fecha 18 de diciembre de 2024, Repertorio N°16186-2024, ante el notario titular Andrés Felipe Rieutord Alvarado, Iñaki Xavier Flores Albornoz, constituyó una Sociedad por Acciones de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Razón Social: Inversiones AFXI SpA; Objeto: La Sociedad tendrá por objeto la adquisición de toda clase de bienes situados en Chile o en el exterior, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, tales como bienes raíces, acciones, valores, bonos, cuotas de fondos de inversión, derechos, privilegios y cualquier otro tipo instrumento financiero, con la finalidad de obtener rentas y administrar dichas inversiones, por cuenta propia o ajena, en forma directa o indirecta, constituyendo o participando en Chile o en el exterior en todo tipo de sociedades o entidades. Domicilio: ciudad de Santiago; Duración: indefinida; Capital: El capital de la Sociedad asciende a la cantidad de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de igual serie y sin valor nominal, el que se pagará dentro del plazo de un año contado desde la fecha de la escritura de constitución. Santiago, 07 de enero de 2025.