CONSULTORA SÉPTIMO SUEÑO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 19 de diciembre de 2024
Sociedad
- Capital
- $6.000.000 CLP
- Domicilio
- Será en la comuna de Molina
Objeto social
1la ejecución, por cuenta propia o ajena, ya sea como contratista, subcontratista o cualquier otra forma, de toda clase de obras destinadas a la adquisición, administración, explotación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento y enajenación de toda clase de bienes inmuebles sea urbanos o agrícolas, propios o ajenos, a la subdivisión, loteo, urbanización de toda clase de predios para fines habitacionales, comerciales, industriales, agrícolas o forestales, construcción de viviendas e inmuebles en general, su reparación, remodelación, ampliación o demolición; la ejecución de obras civiles y viales, de cualquier clase y prestación de servicios de todo tipo para la industria de obras civiles y de la construcción; ejecutar contratos y subcontratos de construcción por suma alzada, celebrar contratos de aprovisionamiento y suministro de materiales; presentarse a toda clase de propuestas, licitaciones y registros de contratistas ante empresas públicas y privadas y en general realizar actos y celebrar todo los contratos necesarios al fin indicado o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas, y actuar como entidad organizadora y)o patrocinante y prestación de servicios de asistencia técnica. Asimismo, también, todo otro acto o contrato que los socios acuerden en interés de la sociedad
Administración
será administrada por doña MÓNICA ANDREA HERRERA VALENZUELA, mientras no haga otra designación la Junta General de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHERNÁN FUENTES ACEVEDO, Notario Curicó, Carmen 498, certifica: Por escritura pública de fecha 19 de diciembre de 2024, otorgada ante mí, don RICARDO MARCELO FARÍAS MUÑOZ, chileno, cédula nacional de identidad N° 17.155.104-8, Ingeniero mecánico, soltero, con domicilio en sector de Tutuquén Alto, callejón La fragua S/N, comuna y provincia de Curicó; y doña MÓNICA ANDREA HERRERA VALENZUELA, chilena, cédula nacional de identidad N° 14.265.079-7, Administrativa, casada, con domicilio en Población Balmaceda N° 1911, comuna de Molina y provincia de Curicó, transforman la CONSULTORA SÉPTIMO SUEÑO LIMITADA O CONSULTORA SÉPTIMO SUEÑO LTDA en Sociedad Por Acciones. NOMBRE: CONSULTORA SÉPTIMO SUEÑO SpA, pudiendo utilizar también como nombre de fantasía el de “SÉPTIMO SUEÑO SpA”, nombre que podrá utilizar ante cualquier institución pública o privada, e incluso ante los bancos y otras instituciones financieras. OBJETO: 1la ejecución, por cuenta propia o ajena, ya sea como contratista, subcontratista o cualquier otra forma, de toda clase de obras destinadas a la adquisición, administración, explotación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento y enajenación de toda clase de bienes inmuebles sea urbanos o agrícolas, propios o ajenos, a la subdivisión, loteo, urbanización de toda clase de predios para fines habitacionales, comerciales, industriales, agrícolas o forestales, construcción de viviendas e inmuebles en general, su reparación, remodelación, ampliación o demolición; la ejecución de obras civiles y viales, de cualquier clase y prestación de servicios de todo tipo para la industria de obras civiles y de la construcción; ejecutar contratos y subcontratos de construcción por suma alzada, celebrar contratos de aprovisionamiento y suministro de materiales; presentarse a toda clase de propuestas, licitaciones y registros de contratistas ante empresas públicas y privadas y en general realizar actos y celebrar todo los contratos necesarios al fin indicado o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas, y actuar como entidad organizadora y/o patrocinante y prestación de servicios de asistencia técnica. Asimismo, también, todo otro acto o contrato que los socios acuerden en interés de la sociedad. DOMICILIO: Será en la comuna de Molina, sin perjuicio de los domicilios especiales, oficinas, agencias o sucursales que se establezcan en el país o en el extranjero. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $6.000.000.- (seis millones de pesos) dividido en 1.000 acciones nominativas, todas de una misma serie y sin valor nominal., que se suscriben y pagan de la siguiente forma: a) quinientas acciones, suscritas por don Ricardo Marcelo Farías Muñoz a un valor de $6.000 cada acción, esto es, un total de $3.000.000 (tres millones de pesos); y, 2) quinientas acciones, suscritas por doña Mónica Andrea Herrera Valenzuela a un valor de $6.000 cada acción, esto es, un total de $3.000.000 (tres millones de pesos), todas pagadas al contado, con cargo a los derechos y acciones que los accionistas poseen en dominio en la sociedad transformada. De esta manera el capital social se encuentra íntegramente pagado. ADMINISTRACION Y REPRESENTACIÓN: será administrada por doña MÓNICA ANDREA HERRERA VALENZUELA, mientras no haga otra designación la Junta General de Accionistas. Demás estipulaciones en escritura pública extractada Curicó, 19 de diciembre de 2024.-