MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Constructora Brisal SpA

RUT 77535321-K CVE 2593556
Fecha instrumento
3 de diciembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
3 de diciembre de 2024
Notario
MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN
Oficio
27ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
CONSTRUCTORA BRISAL SpA socio 77535321-K

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Abogado, Notario Público Titular de la 27ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco 0153, Providencia, Santiago, certifico: que, por escritura de hoy ante mí, DANIEL VALDÉS CALVO, cédula de identidad N° 10.882.521-9; MAURICIO SEBASTIÁN SÁNCHEZ MESINA, cédula de identidad N° 15.359.552-6, ambos domiciliados en calle Guardia Vieja N° 202, oficina 502, comuna de Providencia, Región Metropolitana y FRANCISCO JAVIER BUNSTER RECART, cédula de identidad N° 6.367.654-3, domiciliado en calle San Diego N° 630, oficina 56, Santiago, Región Metropolitana, en su calidad de únicos y actuales accionistas de CONSTRUCTORA BRISAL SpA, Rol Único Tributario N° 77.535.321-k, en adelante como la “Sociedad”, inscrita a fojas 14457 N° 6827 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2022, modificaron los estatutos sociales en el siguiente sentido: i. Modifican la forma de administración de la Sociedad, pasando a recaer la administración de la Sociedad ahora en don MAURICIO SEBASTIÁN SÁNCHEZ MESINA y don DANIEL VALDÉS CALVO, actuando conjuntamente, con las facultades establecidas en escritura extractada. Para materializar lo anterior reemplazan el Título Tercero de los Estatutos sociales en la forma establecida en escritura extractada y se suprimen los artículos 18, 19, 20, 21, 22, 23 y 24 de los estatutos de la Sociedad, relativos al órgano del directorio y a la administración de la Sociedad efectuada por este. ii. Asimismo, los accionistas acuerdan que sólo habrá juntas de accionistas en el evento que el número de accionistas sea de 5 o más. Para materializar lo anterior, enmiendan el Artículo 29 del Título Sexto de los estatutos sociales, el cual se reemplaza íntegramente por el siguiente: “TÍTULO SEXTO: JUNTAS GENERALES DE ACCIONISTAS. ARTÍCULO VIGÉSIMO NOVENO: Sólo habrá juntas de accionistas en el evento que el número de estos sea de cinco o más; en adelante como las “Juntas”, en ese caso, los accionistas se reunirán en Juntas Ordinarias y Extraordinarias. Las primeras se celebrarán en la fecha que la administración social determine, dentro del primer cuatrimestre siguiente a la fecha del Balance anual, para decidir respecto de las materias propias de su conocimiento, sin que sea necesario señalarlas en la respectiva citación. Las segundas podrán celebrarse en cualquier tiempo, cuando así lo exijan las necesidades sociales, para decidir cualquier materia que la ley o el estatuto entreguen al conocimiento de las Juntas de accionistas, materias que deberán indicarse en la citación. La citación debe efectuarse, al menos con quince días hábiles de anticipación al día de la celebración de la respectiva junta, por correo electrónico a la dirección de correo electrónico que los accionistas tengan registrado en el registro de accionistas. En caso de no haberse proporcionado dicha información de contacto, deberá remitirse carta certificada a través de Notario al domicilio que el accionista tenga registrado en el registro de accionistas. Con todo, podrán auto convocarse y celebrarse válidamente aquellas juntas a las que concurra la totalidad de las acciones emitidas con derecho a voto, aun cuando no se hubieren cumplido las formalidades requeridas para su citación”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Santiago, 3 de diciembre de 2024.