MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

HOLVI CONSULTORES LIMITADA

RUT 77014716-6 CVE 2592793
Fecha instrumento
30 de diciembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de diciembre de 2024
Notario
VALERIA RONCHERA FLORES
Oficio
Décima Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VALERIA RONCHERA FLORES, Notario Público, Décima Notaría Santiago, Agustinas 1287, certifica: Que por escritura pública de fecha 30 de diciembre de 2024, otorgada ante mí, comparecieron: doña ANGÉLICA MARITZA HENRÍQUIEZ ESPINOZA, cédula nacional de identidad N°13.577.430-8; y don OSCAR ADONYS OLMOS HENRÍQUEZ, cédula nacional de identidad N°20.676.500-3, ambos domiciliados en Serrano N°63 oficina 52, comuna y ciudad de Santiago; en su calida de únicos y actuales socios, modificaron sociedad “HOLVI CONSULTORES LIMITADA” RUT. N° 77.014.716-6, constitución inscrita a fojas 31.653, número 15.890 del año 2019. Transformación inscrita a fojas 42.161, número 18.734 del año dos mil 2023. Modificaciones consisten en: doña Angélica Maritza Henríquez Espinoza, vende, cede y transfiere el 49% de sus derechos en la Sociedad, equivalentes al 49% del interés social, a don Oscar Adonys Olmos Henríquez, antes individualizado, quien los compra, acepta y adquiere para sí; El precio de la cesión y venta es de $490.000, que el comprador y cesionario paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando doña Angélica Maritza Henríquez Espinoza, haberlo recibido a su entera satisfacción, otorgando el correspondiente recibo de cancelación y finiquito. Todas las partes renuncian a toda condición resolutoria emanada del presente contrato. En consecuencia, quedan como únicos y exclusivos socios de la sociedad “HOLVI CONSULTORES LIMITADA”, doña Angélica Maritza Henríquez Espinoza, con el 50% de los derechos sociales, y b) don Oscar Adonys Olmos Henríquez, con el 50% de los derechos sociales. En todo lo demás no modificado permanecen vigentes las cláusulas del pacto de transformación y la presente modificación. Los socios de la Sociedad continúan limitando su responsabilidad personal por los negocios sociales al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago a 30 de diciembre de 2024.-