ESTUDIO ESPIRAL ARQUITECTOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 20 de diciembre de 2024
- Repertorio
- 10102-2024
- Notario
- ROSE MARIE MUÑOZ ÁLVAREZ
- Oficio
- Titular de la 2ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $600.000 CLP
Administración
La Administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don LUÍS FELIPE VENEGAS PARDO y a don JORGE ARIEL BRADY BERKOWITZ separada e indistintamente, amplias facultades escritura extractada. En todo lo no modificado queda plenamente vigente el pacto social primitivo y sus modificaciones. Lo Barnechea 31 de Diciembre de 2024.- Rose Marie Muñoz Álvarez. Notario Público Suplente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalROSE MARIE MUÑOZ ÁLVAREZ, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la 2ª Notaría de Santiago, de don PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, con oficio en Avenida La Dehesa Nº 1.201, local 101, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, certifica: Que por escritura pública de fecha 20/12/2024 Repertorio 10.102-2024, ante don Patricio Corominas Mellado, Uno) Don LEÓN DUVAL CORTÍNEZ, C.I. Nº 16.094.979-1, Dos) Don LUÍS FELIPE VENEGAS PARDO, C.I. Nº 15.959.972-8; y Tres) Don JORGE ARIEL BRADY BERKOWITZ, C.I N° 15.771.603-4 todos domiciliados en Callao Nº 2.981, Piso 1, comuna de Las Condes, Modificaron sociedad responsabilidad limitada “ESTUDIO ESPIRAL ARQUITECTOS LIMITADA” inscrita Fs. 13.545 Nº 10.240, Registro Comercio Santiago, año 2011. Modificación consiste: UNO) Doña LEÓN DUVAL CORTÍNEZ, vende, cede y transfiere el total de sus derechos, esto es el 50% del haber social a don JORGE ARIEL BRADY BERKOWITZ quien compra, adquiere y acepta para sí. El precio de la cesión de derechos, es la suma $4.000.000.-, que el compradora paga al vendedor, en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando el vendedor recibir a su entra conformidad. En virtud de la cesión de derechos referidas precedentemente, se retira de ésta don LEÓN DUVAL CORTÍNEZ, y quedan como únicos socios de la sociedad que por este acto se modifica, don LUÍS FELIPE VENEGAS PARDO, y don JORGE ARIEL BRADY BERKOWITZ y en tal calidad, vienen en introducir las siguientes modificaciones al pacto social: (UNO) Modifican la cláusula Sexto, reemplazándola por la siguiente: SEXTO: Capital social: El capital de la sociedad es la suma de $600.000, que los socios aportan, enteran y pagan de la siguiente forma: A) Don LUÍS FELIPE VENEGAS PARDO, aporta la suma de $300.000, equivalentes al 50% del capital social, que pago y enteró en caja social con anterioridad a este acto y; B) Don JORGE ARIEL BRADY BERKOWITZ aporta la suma de$300.000, equivalentes al 50% del capital social, que pago y enteró en caja social con anterioridad a este acto.- y (DOS) Modifican la cláusula Quinto, reemplazándola por la siguiente: QUINTO: Administración: La Administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don LUÍS FELIPE VENEGAS PARDO y a don JORGE ARIEL BRADY BERKOWITZ separada e indistintamente, amplias facultades escritura extractada. En todo lo no modificado queda plenamente vigente el pacto social primitivo y sus modificaciones. Lo Barnechea 31 de Diciembre de 2024.- Rose Marie Muñoz Álvarez. Notario Público Suplente.