CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

CALAFQUEN DOLAR SpA

CVE 2593056
Fecha instrumento
11 de diciembre de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
11 de diciembre de 2024
Repertorio
16860/2024
Notario
Rodrigo Andres Farias Picon
Oficio
Primera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto efectuar inversiones en dólares de los Estados Unidos de América, dentro y fuera del territorio de la República de Chile, sean estas en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, bonos, pagarés, ADR, cuotas, efectos de comercio, títulos o valores mobiliarios y en acciones, derechos y)o participaciones en sociedades, compañías, corporaciones, comunidades, asociaciones y en cualquier clase de personas jurídicas con o sin fines de lucro, cuyas acciones y)o derechos se transen o no en los mercados bursátiles mundiales. En el desarrollo de su objeto, la sociedad podrá comprar, vender, arrendar, prendar, hipotecar, ceder, y realizar cualquier tipo de actos o contratos sobre dichos bienes e inversiones sin limitación alguna, y realizar, en general, cualquier acto o contrato relacionado con el objeto principal, pudiendo concurrir a la constitución y)o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas, por acciones o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones, sea en el país o en el extranjero.- III

Administración

La administración y el uso de la razón social corresponderá a don ALEJANDRO SALAZAR ROST, quien contará con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo realizar todos los actos, contratos, convenciones, operaciones, negocios y trámites que se relacionen directa o indirectamente con el giro de la sociedad

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Rodrigo Andres Farias Picon, Abogado, Notario Público Interino de la Primera Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 1160, oficinas 101 y 102, comuna de Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 11 de Diciembre de 2024, Repertorio N°16.860/2024 ante mí, la SOCIEDAD DE INVERSIONES CALAFQUEN LIMITADA, representada, vino en constituir sociedad por acciones en los siguientes términos: I. Razón Social: La razón social será “CALAFQUEN DOLAR SpA”.- II. Objeto: La sociedad tendrá por objeto efectuar inversiones en dólares de los Estados Unidos de América, dentro y fuera del territorio de la República de Chile, sean estas en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, bonos, pagarés, ADR, cuotas, efectos de comercio, títulos o valores mobiliarios y en acciones, derechos y/o participaciones en sociedades, compañías, corporaciones, comunidades, asociaciones y en cualquier clase de personas jurídicas con o sin fines de lucro, cuyas acciones y/o derechos se transen o no en los mercados bursátiles mundiales. En el desarrollo de su objeto, la sociedad podrá comprar, vender, arrendar, prendar, hipotecar, ceder, y realizar cualquier tipo de actos o contratos sobre dichos bienes e inversiones sin limitación alguna, y realizar, en general, cualquier acto o contrato relacionado con el objeto principal, pudiendo concurrir a la constitución y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas, por acciones o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones, sea en el país o en el extranjero.- III. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales que estime conveniente abrir en otros puntos del país o del extranjero.- IV. Duración: Indefinida.- V. Capital: El capital social es la suma única y total de 2.500.000 dólares de los Estados Unidos de América, dividido en mil acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, íntegramente suscritas y pagadas por el constituyente en este acto, de la forma expresada en el artículo segundo transitorio de los estatutos sociales.- VI. Administración: La administración y el uso de la razón social corresponderá a don ALEJANDRO SALAZAR ROST, quien contará con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo realizar todos los actos, contratos, convenciones, operaciones, negocios y trámites que se relacionen directa o indirectamente con el giro de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En Santiago, 11 de Diciembre del año 2024.