AGRÍCOLA LAS BANDURRIAS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 19 de diciembre de 2024
- Repertorio
- 82177-2024
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $37.129.685.298 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| AGRÍCOLA LAS BANDURRIAS LIMITADA | socio | 76253422-3 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalBENJAMÍN CASTILLO MONTALVO, Notario Suplente de don FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con domicilio en calle Alcántara número 107, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública de fecha 19 de diciembre de 2024, otorgada ante mí, Notario Suplente de esta Notaría, anotada bajo el repertorio N°82.177-2024, comparecieron: Sierra Inversiones Limitada, Inversiones Curaco Limitada, Inversiones Humboldt Limitada, Inversiones Ventisquero Limitada, Inversiones Alke Limitada y Agrícola Hacienda Canteras S.A., todos domiciliados para estos efectos en Avenida Andrés Bello 2.777, piso 4, oficina 402, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, quienes en sus calidades de actuales, únicos y exclusivos socios de la sociedad de responsabilidad limitada AGRÍCOLA LAS BANDURRIAS LIMITADA, Rol Único Tributario N°76.253.422-3, (en adelante, la “Sociedad”), inscrita a fojas 85.866, número 60.147, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2012, acordaron: i) Modificar el Artículo Décimo Tercero de los estatutos de la Sociedad, en el sentido de incorporar expresamente en éste que la renuncia anticipada de un socio no producirá la disolución de la Sociedad. ii) La renuncia de las sociedades Inversiones Alke Limitada y Agrícola Hacienda Canteras S.A. a su calidad de socias de la Sociedad, con el expreso consentimiento del resto de los socios, las sociedades Inversiones Curaco Limitada, Inversiones Ventisquero Limitada, Inversiones Humboldt Limitada y Sierra Inversiones Limitada, a contar de la fecha de la escritura extractada. iii) Como consecuencia de las renuncias indicadas en el número ii) anterior, se disminuyó el capital social de la cantidad de $37.129.685.298, a la cantidad de $36.630.936.637, esto es, en $498.748.661, suma que será pagada única y exclusivamente a los socios que renuncian a la Sociedad, en la forma señalada en la escritura extractada, y se reemplazó el Artículo Séptimo, relativo al capital social, por el siguiente: “ARTÍCULO SÉPTIMO: El capital de la Sociedad asciende a la suma de treinta y seis mil seiscientos treinta millones novecientos treinta y seis mil seiscientos treinta y siete pesos, que los socios han aportado y enterado en la siguiente proporción: i) INVERSIONES CURACO LIMITADA, con la suma de nueve mil ciento cincuenta y siete millones setecientos treinta y cuatro mil ciento cincuenta y nueve pesos, equivalentes aproximadamente a un veinticinco por ciento de los derechos sociales; ii) INVERSIONES VENTISQUERO LIMITADA, con la suma de nueve mil ciento cincuenta y siete millones setecientos treinta y cuatro mil ciento cincuenta y nueve pesos, equivalentes aproximadamente a un veinticinco por ciento de los derechos sociales; iii) INVERSIONES HUMBOLDT LIMITADA, con la suma de nueve mil ciento cincuenta y siete millones setecientos treinta y cuatro mil ciento cincuenta y nueve pesos, equivalentes aproximadamente a un veinticinco por ciento de los derechos sociales; y iv) SIERRA INVERSIONES LIMITADA, con la suma de nueve mil ciento cincuenta y siete millones setecientos treinta y cuatro mil ciento sesenta pesos, equivalentes aproximadamente a un veinticinco por ciento de los derechos sociales.”. En todo lo no modificado expresamente, se mantienen plenamente vigentes los estatutos sociales, en especial la limitación de la responsabilidad de los socios al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones que no son materia de extracto constan en escritura extractada. BENJAMÍN CASTILLO MONTALVO, Notario Suplente, 2da Notaría de Santiago. Santiago, 27 de diciembre 2024.