CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Xentinet SpA

CVE 2592653
Capital
$10.000 CLP
Fecha instrumento
23 de diciembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
23 de diciembre de 2024
Notario
Magdalena Sofía Latorre Larraín
Oficio
Quinta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000 CLP

Objeto social

El Objeto de la Sociedad será la provisión de servicios de seguridad tecnológica, incluyendo la consultoría en ciberseguridad, análisis de riesgos, auditorías, y desarrollo de políticas y procedimientos de protección; el desarrollo y gestión de proyectos y software enfocados en la seguridad, incluyendo registros de propiedad intelectual; la asesoría en cumplimiento de normativas internacionales de ciberseguridad (ISO veintisiete mil uno, NIST, GDPR, entre otros) y protección de infraestructura crítica, datos e identidad digital; la capacitación y desarrollo de material educativo en ciberseguridad para empresas y profesionales; la investigación y desarrollo de soluciones tecnológicas para la protección de la información y mejora continua de la postura de seguridad de las organizaciones; la evaluación de cumplimiento y certificación en estándares de ciberseguridad, además de formulación de estrategias de seguridad corporativa; la representación, distribución y comercialización de soluciones de software, hardware y otros recursos tecnológicos relacionados con la provisión de estos servicios, para facilitar su implementación y operación en los clientes. La sociedad podrá realizar todas las actividades necesarias para garantizar la seguridad de la infraestructura, información y datos de sus clientes en el ámbito digital y tecnológico

Administración

La sociedad es administrada por una o más personas naturales o jurídicas, a quienes actuando en la forma que se determine en el acto de designación, les corresponde representar judicial y extrajudicialmente a la sociedad y para el cumplimiento del

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Magdalena Sofía Latorre Larraín, Abogado, Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Santiago, con domicilio en Gertrudis Echenique número treinta, oficina treinta y dos, Las Condes, Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 23 de diciembre de 2024, repertorio número 11.061-2024, otorgada ante mí, i) A Y D Inversiones SpA y ii) Netline Air SpA, constituyeron una Sociedad por Acciones: Razón Social: “Xentinet SpA”; Objeto: El Objeto de la Sociedad será la provisión de servicios de seguridad tecnológica, incluyendo la consultoría en ciberseguridad, análisis de riesgos, auditorías, y desarrollo de políticas y procedimientos de protección; el desarrollo y gestión de proyectos y software enfocados en la seguridad, incluyendo registros de propiedad intelectual; la asesoría en cumplimiento de normativas internacionales de ciberseguridad (ISO veintisiete mil uno, NIST, GDPR, entre otros) y protección de infraestructura crítica, datos e identidad digital; la capacitación y desarrollo de material educativo en ciberseguridad para empresas y profesionales; la investigación y desarrollo de soluciones tecnológicas para la protección de la información y mejora continua de la postura de seguridad de las organizaciones; la evaluación de cumplimiento y certificación en estándares de ciberseguridad, además de formulación de estrategias de seguridad corporativa; la representación, distribución y comercialización de soluciones de software, hardware y otros recursos tecnológicos relacionados con la provisión de estos servicios, para facilitar su implementación y operación en los clientes. La sociedad podrá realizar todas las actividades necesarias para garantizar la seguridad de la infraestructura, información y datos de sus clientes en el ámbito digital y tecnológico. Capital: $10.000.000 dividido en 10.000 acciones ordinarias, todas nominativas, de una sola serie, sin valor nominal y de igual valor cada una, íntegramente suscritas y pagadas. Administración: La sociedad es administrada por una o más personas naturales o jurídicas, a quienes actuando en la forma que se determine en el acto de designación, les corresponde representar judicial y extrajudicialmente a la sociedad y para el cumplimiento del objeto social. Responsabilidad: Los accionistas limitaron expresamente su responsabilidad personal por los negocios y obligaciones sociales hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Santiago, 31 de diciembre del año 2024. Magdalena Sofía Latorre Larraín. Notario Publico Interino.