Visiones RP Inversiones Limitada
Instrumento
- Fecha
- 29 de noviembre de 2024
- Repertorio
- 6203-2024
- Notario
- PABLO A. GONZALEZ CAAMAÑO
- Oficio
- 9ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO A. GONZALEZ CAAMAÑO, Abogado, Notario Público, Titular de la 9ª Notaria de Santiago, con oficio en calle Teatinos 333 entrepiso, Comuna de Santiago. CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 29 de Noviembre de 2024, repertorio N° 6203-2024, otorgada ante mí, los comparecientes don ROBERTO ANDRÉS PONCE ORELLANA, doña XIMENA ANDREA RIVERA PÉREZ, y don ROBERTO IGNACIO PONCE RIVERA, todos ellos con domicilio en Las Chilcas sur número ocho mil quinientos cincuenta y siete, comuna de La Florida, Región Metropolitana, vinieron en Modificar la sociedad VISIONES RP INVERSIONES LIMITADA, Rol único tributario N° 78.538.400-8, constituida por escritura pública de fecha 31 de Mayo del año 1994, ante el Notario Suplente de Santiago don Martin Alejandro Guerra Blúmer, suplente del titular don Orlando Godoy Reyes, la cual se encuentra inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 11.728, N° 9.693, del año 1994, modificada por escritura pública de fecha 28 de Mayo del año 2019, otorgada en la cuadragésima tercera Notaria de Santiago, ante el Notario Juan Ricardo San Martín Urrejola, la cual se encuentra inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 42.065, N° 21.160 del año 2019, en el siguiente sentido: Modifican y amplían el objeto social de la “CLAUSULA SEGUNDA”, quedando como sigue: “CLAUSULA SEGUNDA: El objeto de la sociedad será A) adquirir, administrar, enajenar, explotar, arrendar, subarrendar, permutar y ceder toda clase de bienes muebles e inmuebles mediante las formas tradicionales y a través de “leasing”, sean estos bienes rústicos o urbanos pudiendo construir en ellos, explotarlos directamente o a través de terceros en cualquier forma; B) invertir en toda clase de bienes muebles corporales o incorporales tales como acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clases de títulos y valores mobiliarios, pudiendo administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, formar parte de otras sociedades, modificarlas y asumir la administración de las mismas; C) en general, realizar todos los actos y contratos conducentes a los fines u objetos antes dichos y cualquier negociación o actividad relacionada con las anteriores, que los socios de común acuerdo determinen; D) La ejecución, por cuenta propia o ajena, de toda clase de construcciones, obras y edificaciones, tales como viviendas, edificios, obras de regadío, movimientos de tierra; E) la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal, y cualquier otra actividad que acuerden los socios”.- En todo lo no modificado rige íntegramente el pacto social constitutivo.- Demás estipulaciones escritura extractada.