MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS MÉDICOS JOSÉ GALINDO Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 76445412-K CVE 2592515
Fecha instrumento
26 de diciembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
26 de diciembre de 2024
Notario
OLIMPIA SCHNEIDER MOENNE-LOCCOZ
Oficio
31a Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

OLIMPIA SCHNEIDER MOENNE-LOCCOZ, Notario Público Titular 31a Notaría Santiago, Huérfanos 1055 local 328, certifico por escritura hoy ante mí: don JOSÉ LUIS GALINDO RIVERA, chileno, casado, médico cirujano, cédula de identidad número quince millones trescientos noventa y seis mil sesenta y seis guion seis, domiciliado en Américo Vespucio Sur número novecientos ochenta y cuatro, departamento número mil doscientos tres, Comuna Las Condes, Santiago, Región Metropolitana; doña MACARENA VALESKA LARRAÍN NAVARRETE, chilena, casada y separada totalmente de bienes, ingeniera en recursos humanos, cédula de identidad número trece millones novecientos cuarenta y un mil setenta y siete guion siete, domiciliada en Américo Vespucio Sur número novecientos ochenta y cuatro, departamento número mil doscientos tres, Comuna Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, doña ANA MARIBEL RIVERA CAÑULEF, chilena, casada, confeccionista, cédula de identidad número nueve millones ochocientos treinta y un mil quinientos cuarenta y tres guion ocho, domiciliada en Los Cactus número cuatrocientos setenta y cinco, Comuna El Bosque, Región Metropolitana y de paso en esta, y don MANUEL ANTONIO NAVARRETE RIVERA chileno, soltero, asesor comercial, cédula de identidad número catorce millones noventa y dos mil ciento doce guion dos, domiciliado en Ernesto Montenegro número seiscientos noventa y cinco, Comuna El Bosque, Región Metropolitana y de paso en esta, modificaron sociedad de Responsabilidad Limitada: “SERVICIOS MÉDICOS JOSÉ GALINDO Y COMPAÑÍA LIMITADA”, Rol Único Tributario número 76.445.412-K constituida por escritura pública de fecha cinco de Julio del año dos mil dieciséis, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Carmen H. Soza Muñoz , la que fue inscrita a fojas cincuenta y dos mil seiscientos noventa y tres, número veintiocho mil setecientos once, año dos mil dieciséis del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago.- Capital Social, un millón de pesos, siguiente forma: A) don JOSÉ LUIS GALINDO RIVERA quien como titular de un treinta y tres coma treinta y cuatro por ciento de los derechos sociales por este mismo acto e instrumento, vende, cede y transfiere el ocho coma treinta y cuatro por ciento de sus derechos, a don MANUEL ANTONIO NAVARRETE RIVERA, quien compra y acepta para si en la proporción y condiciones estipuladas en este contrato, los mencionados derechos sociales .- El precio de la cesión es la suma de veintisiete mil ochocientos cinco pesos, que se pagan en este acto, al contado, de manera que el cedente declara recibir a su entera satisfacción.- B) doña MACARENA VALESKA LARRAÍN NAVARRETE quien como titular de un treinta y tres coma treinta y tres por ciento de los derechos sociales por este mismo acto e instrumento, vende, cede y transfiere el ocho coma treinta y tres por ciento de sus derechos, a don MANUEL ANTONIO NAVARRETE RIVERA quien compra y acepta para si en la proporción y condiciones estipuladas en este contrato, los mencionados derechos sociales.- El precio de la cesión es la suma de veintisiete mil setecientos sesenta y ocho pesos, que se pagan en este acto, al contado, de manera que el cedente declara recibir a su entera satisfacción, y C) doña ANA MARIBEL RIVERA CAÑULEF quien como titular de un treinta y tres coma treinta y tres por ciento de los derechos sociales por este mismo acto e instrumento, vende, cede y transfiere el ocho coma treinta y tres por ciento de sus derechos, a don MANUEL ANTONIO NAVARRETE RIVERA quien compra y acepta para si en la proporción y condiciones estipuladas en este contrato, los mencionados derechos sociales.- El precio de la cesión es la suma de veintisiete mil setecientos sesenta y ocho pesos, que se pagan en este acto, al contado, de manera que el cedente declara recibir a su entera satisfacción.- En virtud de lo anterior la sociedad ha quedado compuesta en definitiva por los socios: don JOSÉ LUIS GALINDO RIVERA, con un VEINTICINCO POR CIENTO del capital social, doña MACARENA VALESKA LARRAÍN NAVARRETE, con un VEINTICINCO POR CIENTO del capital social, doña ANA MARIBEL RIVERA CAÑULEF, con un VEINTICINCO POR CIENTO del capital social y don MANUEL ANTONIO NAVARRETE RIVERA con un VEINTICINCO POR CIENTO del capital social.- En este mismo acto los socios acuerdan modificar los estatutos de la sociedad los que quedarán de la siguiente forma: I) Se modifica Clausula SEGUNDA: El objeto de la sociedad será: a).- La prestación de servicios médicos, consultas médicas, atención de urgencia, cirugía. Hospitalaria a clínicas privadas, centros médicos y toda otra institución de salud. Consultoría y asesoramiento en materias de salud de toda índole y que abarque la atención al paciente de manera integral, prestación de servicios de toda clase de especialidades en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o a beneficiarios de Fondo Nacional de salud o institutos de salud previsional o Servicios de Bienestar.- b).- Las asesorías, capacitaciones, charlas, seminarios, clases magistrales, cursos, diplomados, en las áreas de las especialidades Indicadas. c) Compra, venta, importación, exportación, distribución y representación, de todo tipo de maquinarias, equipos e instrumental destinados aI área de la salud; d) Efectuar inversiones en bienes corporales como incorporales muebles, para lo cual podrá adquirir, enajenar, negociar y disponer, en cualquier forma y a cualquier título, de acciones, bonos, Fondos Mutuos, Depósitos a Plazos, debentures, cuotas o planes de ahorro y/o de capitalización, letras hipotecarias, instrumentos financieros, efectos de comercio y cualquier otro valor mobiliario, administrar estas inversiones y percibir sus frutos; e) La inversión en toda clase de bienes inmuebles, tanto corporales como incorporales, urbanos o rurales, rústicos o no rústicos, forestales y los derechos reales constituidos sobre ellos, comprendiendo su adquisición, compraventa, permuta, enajenación, arrendamiento, administración, y la percepción de sus frutos y rentas y d) Las actividades económicas derivadas del objeto social podrán efectuarla personalmente, por la sociedad, en asociación, o coparticipación con terceros sean estas personas naturales o jurídicas. Los socios podrán realizar cualquier acto relacionado con el objeto de Ia sociedad y cualquier acto distinto, si lo hacen de común acuerdo. II) Se modifica CLAUSULA TERCERA, el nombre y razón social de la sociedad se remplaza por: “SERVICIOS MÉDICOS JGR Y COMPAÑÍA LIMITADA”.- y III) Se modifica CLAUSULA CUARTA en cuanto que la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente al socio don MANUEL ANTONIO NAVARRETE RIVERA, quien anteponiendo la razón social a su firma la representará con la más amplia de las facultades.- Quedan vigentes demás estipulaciones escritura social y posteriores modificaciones que no han sido modificadas. Santiago, 26 de Diciembre de 2024.