Comercial Chinmarq SpA
Instrumento
- Fecha
- 6 de diciembre de 2024
- Repertorio
- 1748-2024
- Notario
- Notario suplente de GABRIEL OGALDE RODRIGUEZ
- Oficio
- 3° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Administración
ARTÍCULO DÉCIMO DE LOS ESTUTOS SOCIALES por la siguiente: La administración y representación de la sociedad corresponderán indistintamente a cualquiera de los administradores generales que se designan más adelante en los artículos transitorios, quienes podrán ejercer conjunta o separadamente y podrán actuar por medio de apoderados o por medio de uno o más mandatarios que cualquiera de dichos apoderados, sin distinción alguna, y designen en cualquier momento. Los accionistas mediante acuerdo en virtud de la realización de juntas que podrán elegir y designar o remover, en cualquier tiempo y a su solo arbitrio, por acuerdo adoptado en Junta de accionistas, por un accionista que posea el cincuenta y uno por ciento del total de las acciones emitidas con derecho a voto, o por dos accionistas a los menos que posean el ochenta por ciento del total de las acciones emitidas con derecho a voto, de la que deberá tomarse nota o subscribirse al margen de la inscripción social, sin perjuicio de la designación que consta en las disposiciones transitorias de estos estatutos. El o los administradores generales actuarán en la forma ya indicada, representando a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social - lo que no será necesario acreditar a terceros - estarán investidos de todas las facultades de administración y disposición que la Ley o el Estatuto no establezcan como privativas de la Junta de accionistas, sin que sea necesario otorgarles poder alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan esta circunstancia. Por vía ilustrativa y sin que la enumeración que sigue sea limitativa o restrictiva - a menos que en el acto de su nombramiento se dispusiere otra cosa- las facultades del o de los administradores generales comprenden, entre otras las designadas en la escritura extractada. 2) Se reemplaza el TÍTULO DÉCIMO PRIMERO. DISPOCISIONES TRANSITORIAS. ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO por el siguiente: Suscripción y pago acciones: el capital social, asciende la suma de $10.000.000, dividido en 1000 acciones, todas nominativas y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en este acto la cantidad de 1000 acciones, correspondiente al 100 % de estas, en la suma de $10.000.000, que se enteran y pagan en este acto a la caja social, En consecuencia, el capital social de $10.000.000 de pesos ha quedado íntegramente suscrito y pagado por los accionistas que según se señalan: Las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas de la siguiente forma: /a) Chen Yansong ha suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha la cantidad de 200 acciones, equivalentes a $2.000.000; /b) Zhongbao Wang ha suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha la cantidad de 400 acciones, equivalentes a $4.000.000 y c) Qin Sun ha suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha la cantidad de 400 acciones, equivalentes a $4.000.000; 3) Se reemplaza TÍTULO DÉCIMO PRIMERO. DISPOCIONES TRANSITORIAS. ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO por el siguiente: Designación de administrador general: En este acto se designan como administradores generales de la sociedad, para actuar de acuerdo a lo establecido en el TÍTULO TERCERO DE LA
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGUILLERMO VALENZUELA LEON, abogado, Notario suplente de GABRIEL OGALDE RODRIGUEZ, Notario Público Titular de la 3° Notaría de Santiago, con oficio en calle Libertador Bernardo O’Higgins N° 2102, de la comuna de Santiago, certifica: Que con fecha 6 de diciembre de 2024 se redujo a escritura pública bajo el repertorio N° 1748-2024, el ACUERDO DE ACCIONISTAS DE COMERCIAL CHINMARQ SpA que se celebró en la misma fecha, en la que comparecieron Chen Yansong, Zhongbao Wang, y Qin Sun, todos domiciliados en Benavente N° 160, de la cuidad y Comuna de Ovalle, en la que se acordó modificar la sociedad COMERCIAL CHINMARQ SpA, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Ovalle a fs. 232, número 152, año 2019, en el sentido de reflejar el cambio de la administración social, la designación de otros administradores generales y la composición según cada accionista respecto del capital. Como consecuencia de lo anterior se sustituye: 1) TITULO TERCERO DE LA ADMINISTRACIÓN. ARTÍCULO DÉCIMO DE LOS ESTUTOS SOCIALES por la siguiente: La administración y representación de la sociedad corresponderán indistintamente a cualquiera de los administradores generales que se designan más adelante en los artículos transitorios, quienes podrán ejercer conjunta o separadamente y podrán actuar por medio de apoderados o por medio de uno o más mandatarios que cualquiera de dichos apoderados, sin distinción alguna, y designen en cualquier momento. Los accionistas mediante acuerdo en virtud de la realización de juntas que podrán elegir y designar o remover, en cualquier tiempo y a su solo arbitrio, por acuerdo adoptado en Junta de accionistas, por un accionista que posea el cincuenta y uno por ciento del total de las acciones emitidas con derecho a voto, o por dos accionistas a los menos que posean el ochenta por ciento del total de las acciones emitidas con derecho a voto, de la que deberá tomarse nota o subscribirse al margen de la inscripción social, sin perjuicio de la designación que consta en las disposiciones transitorias de estos estatutos. El o los administradores generales actuarán en la forma ya indicada, representando a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social - lo que no será necesario acreditar a terceros - estarán investidos de todas las facultades de administración y disposición que la Ley o el Estatuto no establezcan como privativas de la Junta de accionistas, sin que sea necesario otorgarles poder alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan esta circunstancia. Por vía ilustrativa y sin que la enumeración que sigue sea limitativa o restrictiva - a menos que en el acto de su nombramiento se dispusiere otra cosa- las facultades del o de los administradores generales comprenden, entre otras las designadas en la escritura extractada. 2) Se reemplaza el TÍTULO DÉCIMO PRIMERO. DISPOCISIONES TRANSITORIAS. ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO por el siguiente: Suscripción y pago acciones: el capital social, asciende la suma de $10.000.000, dividido en 1000 acciones, todas nominativas y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en este acto la cantidad de 1000 acciones, correspondiente al 100 % de estas, en la suma de $10.000.000, que se enteran y pagan en este acto a la caja social, En consecuencia, el capital social de $10.000.000 de pesos ha quedado íntegramente suscrito y pagado por los accionistas que según se señalan: Las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas de la siguiente forma: /a/ Chen Yansong ha suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha la cantidad de 200 acciones, equivalentes a $2.000.000; /b/ Zhongbao Wang ha suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha la cantidad de 400 acciones, equivalentes a $4.000.000 y c) Qin Sun ha suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha la cantidad de 400 acciones, equivalentes a $4.000.000; 3) Se reemplaza TÍTULO DÉCIMO PRIMERO. DISPOCIONES TRANSITORIAS. ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO por el siguiente: Designación de administrador general: En este acto se designan como administradores generales de la sociedad, para actuar de acuerdo a lo establecido en el TÍTULO TERCERO DE LA ADMINISTRACIÓN. ARTÍCULO DÉCIMO a don Chen Yansong, cédula de identidad para extranjeros número 25.249.721-8, don Zhongbao Wang, cédula nacional de identidad para extranjeros número 24.768.990 7 y a doña Qin Sun, cédula de identidad para extranjeros número 24.625.471-0, quienes ejercerán como tal y con todas sus facultades desde la fecha de este instrumento. En todo lo no modificado rigen estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 6 de diciembre de 2024.