CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad de Inversiones Gómez Meza Limitada

CVE 2591989
Capital
$100.000.000 CLP
Notaría
San Antonio

Instrumento

Repertorio
3624-2024
Notario
MATIAS HERNAN LE-ROUX PERALTA
Oficio
Segunda Notaria de San Antonio
Comuna
San Antonio

Sociedad

Capital
$100.000.000 CLP

Objeto social

Uno. La inversión en toda clase de bienes, tanto bienes muebles como bienes raíces, corporales e incorporales, incluyendo títulos o valores mobiliarios, acciones, bonos, debentures, títulos de crédito, efectos de comercio, carteras de criptomonedas, participaciones en sociedades civiles o comerciales, pudiendo comprar, vender, conservar o administrar tales inversiones. Dos. Arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, de bienes muebles e inmuebles amoblados o sin amoblar. Tres. La realización de toda clase de actos jurídicos, incluyendo la compra, venta, arrendamiento, o explotación de diversas clases de bienes muebles o inmuebles. Cuatro. El desempeño en Chile de agencias y)o representaciones de personas naturales o jurídicas y de cualquier otra comisión o mandato civil o mercantil y el desempeño en el extranjero de agencias o representaciones de mandantes, sean ellos chilenos o extranjeros. Cinco. En general, la realización de todo tipo de actividad directa o indirectamente relacionada con los objetos señalados anteriormente

Administración

La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a don Cristian Miguel Gómez Marchant, quien actuando por la sociedad, obligará y representará a la compañía en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario, e incluso, actos que escapen del mismo; podrá ejercer las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y)o contratos. Cláusula limitatoria de responsabilidad

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MATIAS HERNAN LE-ROUX PERALTA, abogado, Notario Público Interino de la Segunda Notaria de San Antonio, con oficio en Avenida Lauro Barro 96, San Antonio, certifico: Por escritura pública de fecha 16 de Diciembre del 2024, bajo el Repertorio N° 3624-2024, ante mí, don Cristian Miguel Gómez Marchant, cédula nacional de identidad número 12.825.479 – k, María Ximena Meza Ureta, cédula nacional de identidad número 13.546.107 – 5; Cristóbal Miguel Gómez Meza, cédula nacional de identidad número 21.849.524 – 9 y Javiera Paz Gómez Meza, cédula nacional de identidad número 20.568.178 – 7, todos dom. en Camino Vecinal sin número, lo Abarca, comuna y ciudad de Cartagena, constituyen sociedad de responsabilidad limitada: Nombre. “Sociedad de Inversiones Gómez Meza Limitada” la que también podrá obligarse con el nombre de fantasía “Inversiones Gómez Meza Ltda.”. Domicilio, en San Antonio, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o en el extranjero. Duración, indefinida. Objeto: Uno. La inversión en toda clase de bienes, tanto bienes muebles como bienes raíces, corporales e incorporales, incluyendo títulos o valores mobiliarios, acciones, bonos, debentures, títulos de crédito, efectos de comercio, carteras de criptomonedas, participaciones en sociedades civiles o comerciales, pudiendo comprar, vender, conservar o administrar tales inversiones. Dos. Arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, de bienes muebles e inmuebles amoblados o sin amoblar. Tres. La realización de toda clase de actos jurídicos, incluyendo la compra, venta, arrendamiento, o explotación de diversas clases de bienes muebles o inmuebles. Cuatro. El desempeño en Chile de agencias y/o representaciones de personas naturales o jurídicas y de cualquier otra comisión o mandato civil o mercantil y el desempeño en el extranjero de agencias o representaciones de mandantes, sean ellos chilenos o extranjeros. Cinco. En general, la realización de todo tipo de actividad directa o indirectamente relacionada con los objetos señalados anteriormente. Capital. El capital de la sociedad es la suma de $100.000.000.- que se aporta por los constituyentes de la siguiente manera: a) Don Cristian Miguel Gómez Marchant aporta $35.000.000.- equivalentes al 35% del capital societario, lo que realiza en este acto enterando $3.500.000.- en efectivo a la caja social, y obligándose a enterar la diferencia dentro del plazo de 3 años desde la suscripción de esta escritura; b) Doña María Ximena Meza Ureta aporta $45.000.000.- equivalentes al 45% del capital societario, lo que realiza en este acto enterando $4.500.000.- en efectivo a la caja social, y obligándose a enterar la diferencia dentro del plazo de 3 años desde la suscripción de esta escritura; c) Don Cristóbal Miguel Gómez Meza aporta $10.000.000.- equivalentes al 10% del capital societario, lo que realiza en este acto enterando la suma de un $1.000.000.- en efectivo a la caja social, y obligándose a enterar la diferencia dentro del plazo de 3 años desde la suscripción de esta escritura; d) Doña Javiera Paz Gómez Meza aporta $10.000.000.- equivalentes 10% del capital societario, lo que realiza en este acto enterando la suma de $1.000.000.- en efectivo a la caja social, y obligándose a enterar la diferencia dentro del plazo de 3 años desde la suscripción de esta escritura. Administración. La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a don Cristian Miguel Gómez Marchant, quien actuando por la sociedad, obligará y representará a la compañía en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario, e incluso, actos que escapen del mismo; podrá ejercer las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y/o contratos. Cláusula limitatoria de responsabilidad.- Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. San Antonio, 16 de Diciembre del 2024.