SERVICIOS DE SALUD SILPA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de diciembre de 2024
- Notario
- JOSE TOMAS FABRES BORDEU
- Oficio
- 41ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Santiago
- Duración
- 5 años a contar de fecha escritura, plazo que se renovará tácita y sucesivamente por periodos iguales, a menos que se manifieste voluntad de ponerle término al vencimiento del plazo inicial o de prórroga por escritura anotada al margen de inscripción social, con 6 meses de anticipación, a lo menos, a respectivo vencimiento. Administración y uso de
Objeto social
a) La prestación de todo tipo de servicios de salud y médicos, en general y especializados, de carácter ambulatorio. b) La prestación de todo tipo de servicios odontológicos, en general y especializados, de carácter ambulatorio. c) invertir en toda clase de bienes muebles incorporales, tales como acciones, promesa de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones, en toda clase de títulos o valores mobiliarios, fondos mutuos, depósitos a plazo o a la vista, y de títulos de crédito. d) Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes muebles e inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos, construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma. e) Administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, formar parte en otras sociedades, modificarlas y asumir la administración de las mismas. f) En general, celebrar toda clase de contratos y realizar todos los actos necesarios o convenientes para desarrollar el giro social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOSE TOMAS FABRES BORDEU, Notario Público 41ª Notaria de Santiago, Suplente del Titular Félix Jara Cadot, domiciliado en Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 23 de diciembre de 2024, ante mí, MARIA CRISTINA PATARROYO GUTIERREZ y RICARDO ANDRÉS SILVA GARZÓN, ambos domiciliados para estos efectos en calle Carlos Silva Vildósola N° 9.611, comuna de La Reina, Santiago; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada de la que extracto: Nombre o razón social: “SERVICIOS DE SALUD SILPA LIMITADA” pudiendo usar para todos los fines, incluso bancarios y de publicidad el nombre de fantasía “SILPA LTDA.”. Objeto: a) La prestación de todo tipo de servicios de salud y médicos, en general y especializados, de carácter ambulatorio. b) La prestación de todo tipo de servicios odontológicos, en general y especializados, de carácter ambulatorio. c) invertir en toda clase de bienes muebles incorporales, tales como acciones, promesa de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones, en toda clase de títulos o valores mobiliarios, fondos mutuos, depósitos a plazo o a la vista, y de títulos de crédito. d) Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes muebles e inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos, construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma. e) Administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, formar parte en otras sociedades, modificarlas y asumir la administración de las mismas. f) En general, celebrar toda clase de contratos y realizar todos los actos necesarios o convenientes para desarrollar el giro social. Capital: $500.000 íntegramente aportado y pagado de sgte. forma: a) doña María Cristina Patarroyo Gutiérrez aporta el 50% del capital social, esto es, la suma de $250.000 en efectivo; y, b) don Ricardo Andrés Silva Garzón aporta el 50% del capital social, esto es, la suma de $250.000 en efectivo. Domicilio: ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o del extranjero. Duración: 5 años a contar de fecha escritura, plazo que se renovará tácita y sucesivamente por periodos iguales, a menos que se manifieste voluntad de ponerle término al vencimiento del plazo inicial o de prórroga por escritura anotada al margen de inscripción social, con 6 meses de anticipación, a lo menos, a respectivo vencimiento. Administración y uso de razón social: corresponderá indistintamente a doña MARIA CRISTINA PATARROYO GUTIERREZ. Responsabilidad: limitada a sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 30 de diciembre de 2024.