MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

PEDRERO Y SUN LIMITADA

RUT 77398890-0 CVE 2592026
Capital
$23.000 CLP
Fecha instrumento
28 de septiembre de 1999
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
28 de septiembre de 1999
Notario
JORGE MAXIMILIANO UNZUETA RIVAS
Domicilio
don OCTAVIO FRANCISCO GUTIÉRREZ LÓPEZ
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$23.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE MAXIMILIANO UNZUETA RIVAS, Abogado, Notario Público Suplente de don OCTAVIO FRANCISCO GUTIÉRREZ LÓPEZ, Notario Público, Titular 30º Notaría de Santiago, Oficios Av. Lib. Bdo. O’Higgins 980, Ofs. 134-135, CERTIFICA: Por escritura pública, ante mí, fecha hoy, JINGFANG SUN, ASTRID LISSETTE PEDRERO OJEDA, comerciantes, domiciliados en Gran Avenida 4.395, comuna de San Miguel, de paso en ésta; NOLBER MATEO RAMOS, ELIDA FERNÁNDEZ DÍAZ, comerciantes, domiciliados en Cóndor 885, dp. 205-A, comuna de Santiago, modifican sociedad de responsabilidad limitada denominada PEDRERO Y SUN LIMITADA, constituida por escritura pública fecha 28 septiembre 1999, ante Notario de Santiago don Jorge Soto Troncoso, Suplente de la Titular Olimpia Schneider Moenne-Loccoz, cuyo extracto se inscribió a Fs. 23.815 N° 18.902 Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Santiago, año 1999 y publicado en Diario Oficial de 9 octubre 1999, edición N°36.485, en sentido que: “a) JINGFANG SUN, se retira de la sociedad y vende, cede y transfiere el total de su participación que es el 50% del capital social a NOLBER MATEO RAMOS quien ingresa, compra, acepta y adquiere para sí dichos derechos en la cantidad de $23.000.000; y b) ASTRID LISSETTE PEDRERO OJEDA, se retira de la sociedad y vende, cede y transfiere el total de su participación que es el 50% del capital social a ELIDA FERNÁNDEZ DÍAZ quien ingresa, compra, acepta y adquiere para sí dichos derechos en la cantidad de $23.000.000, ambas cesiones pagadas en este acto, contado, dinero en efectivo, suma que los cedentes declaran recibir a su entera y completa satisfacción; en consecuencia, quedan como únicos socios NOLBER MATEO RAMOS y ELIDA FERNÁNDEZ DÍAZ con un 50% de los derechos sociales cada uno, quienes acuerdan introducir las siguientes modificaciones: “Uno) La administración, representación y uso de la razón social corresponderá al socio don NOLBER MATEO RAMOS, con facultades pacto constitutivo. Dos) La Razón social será RESTAURANT EL CHEF PIURANO LIMITADA, pudiendo usar como nombre de fantasía EL CHEF PIURANO LTDA.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Todo lo no modificado rige pacto social constitutivo. Santiago, 22 de Noviembre de 2024.