INTERNATIONAL OUTSOURCING CONSULTING (CHILE) LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 4 de diciembre de 2024
- Repertorio
- 6017
- Notario
- RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP
- Oficio
- cuadragésima notaria de Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, abogado, Notario Público interino de la cuadragésima notaria de Santiago, con oficio en calle Teatinos trecientos treinta y dos, comuna de Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha 04 de diciembre de 2024, repertorio Nº 6.017, comparece ante mí don JAIME FRANCISCO ROMERO VILLA, con domicilio en calle Merced número veintiséis, piso dos, comuna de Santiago, por si y en representación de las siguientes sociedades: a) INVERSIONES SANTA ROSA LIMITADA, rol único tributario número setenta y seis millones quinientos un mil cuatrocientos diez guion siete, con domicilio en calle Merced número veintiséis, piso dos, comuna de Santiago; y b) CONSTRUCTORA E INVERSIONES MMP SpA, empresa del giro de su denominación, rol único tributario número setenta y seis millones novecientos tres mil cuatrocientos diecinueve guion seis, con domicilio en Pio XI número mil cuatrocientos cuarenta y siete, departamento cuatrocientos tres, comuna de Vitacura. El compareciente, por si y en la representación que inviste viene en modificar la sociedad INTERNATIONAL OUTSOURCING CONSULTING (CHILE) LIMITADA, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas catorce mil ciento noventa y tres, número nueve mil setecientos cincuenta y uno del año dos mil seis, en el siguiente sentido: La sociedad INVERSIONES SANTA ROSA LIMITADA se retira de la compañía, cediendo la totalidad de sus derechos sociales esto es un noventa y cinco por ciento de los derechos totales sociales en INTERNATIONAL OUTSOURCING CONSULTING (CHILE) LIMITADA, a la sociedad CONSTRUCTORA E INVERSIONES MMP SpA, quien acepta la cesión señalada y adquiere los derechos para sí. En todo lo no modificado anteriormente se mantiene plenamente vigente el estatuto social, en especial en cuanto a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 19 de diciembre 2024.