FERRETERIA FERROPERNO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 25 de noviembre de 2024
- Notario
- CESAR HUMBERTO ESPINOZA GUTIERREZ
- Oficio
- Cuarta Notaria Los Ángeles
- Comuna
- Los
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCESAR HUMBERTO ESPINOZA GUTIERREZ, Notario Público de la Cuarta Notaria Los Ángeles, suplente del titular don Juan Mauricio Araneda Medina, Caupolicán 355, Los Angeles, certifico: Por escritura de fecha 25 de noviembre de 2024, Rep. 5594-2024, otorgada ante la notario suplente doña Jessica Lorena Aguilera Tapia; don FERNANDO ARTURO DIAZ GALAZ, comerciante, C. de I. y RUT 8.083.494-2, casado, doña ELIANA DE LAS MERCEDES ROBLES HENRIQUEZ, comerciante, C. de I. y RUT Nro. 6.666.293-4, casada, ambos con domicilio en Avenida Las Industria Nro. 7.725, Los Ángeles, y doña PALOMA MONTSERRAT DIAZ ROBLES, ingeniero civil industrial, C. de I. y RUT Nro. 14.902.261-9, soltera, con domicilio en Corralco Nro. 856, Parque Sor Vicenta Dos, Los Ángeles; modificaron sociedad “FERRETERIA FERROPERNO LIMITADA”, con nombre de fantasía “FERROPERNO LTDA”, RUT 77.212.910-6, constituida por don Fernando Arturo Díaz Galaz y doña Eliana de las Mercedes Robles Henríquez, por escritura de fecha de 7 de Octubre año 1998 ante el Notario Público de la ciudad de Los Ángeles, don Fernando Samuel Vivanco González, suplente del titular don Raúl Hernán Morales Adriasola, con un capital de $10.000.000, que en extracto se publicó D.O con fecha 27-Octubre-1998 e inscribió a Fs. 387 Nro.257 Registro de Comercio Los Ángeles del año 1998. MODIFICACIONES CONSISTEN; Ingresa como nueva socia doña PALOMA MONTSERRAT DIAZ ROBLES, quién adquiere de don Fernando Arturo Díaz Galaz, el 5% tomados del 80% del haber social de que el primero de los nombrados es dueño y titular en la sociedad “FERRETERIA FERROPERNO LIMITADA”, y su parte de interés en ella. Precio cesión en la suma de $15.000.000 pagados de contado. De forma indicada quedan como únicos y exclusivos socios don FERNANDO ARTURO DIAZ GALAZ, con 75% de derechos e interés social, doña ELIANA DE LAS MERCEDES ROBLES HENRIQUEZ, con un 20% de derechos e interés social, y doña PALOMA MONTSERRAT DIAZ ROBLES, con un 5% de derechos e interés social, cada uno de ellos, todos los cuales modifican el pacto social en siguientes términos; UNO).- Se modifica el artículo TERCERO del pacto social constitutivo relativa a la Administración y uso de la Razón Social, en cuanto esta, en lo sucesivo corresponderá indistinta y separadamente a uno cualquiera de los socios don FERNANDO ARTURO DIAZ GALAZ y doña PALOMA MONTSERRAT DIAZ ROBLES, con facultades indicadas en escritura extractada. DOS).- Se sustituye el Artículo NOVENO del pacto constitutivo relativo a la duración de la sociedad, en cuanto esta será de 10 años a contar fecha de escritura constitutiva, prorrogable en forma indicada en escritura extractada TRES).- Se sustituye el Artículo DECIMO de la escritura pública constitutiva, relativo al Fallecimiento de alguno de los socios , en cuanto esta continuará en dicho evento con sucesión del socio del fallecido y socios sobrevivientes, en términos indicados en escritura extractada. En todo lo no expresamente modificado seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social constitutivo. Los Ángeles, 18 de Diciembre de 2024.