CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA BULLILEO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 4 de noviembre de 2024
- Notario
- Notario Suplente de don EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $78.303.700 CLP
- Duración
- La sociedad comenzará a regir desde la fecha de su constitución, y tendrá una duración de 5 años, renovable sucesiva y automáticamente por iguales períodos si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública, anotada al margen de la inscripción social, con una anticipación mínima de 6 meses antes del fin del respectivo período. Sociedad Asfaltos del Maule Ingeniería y Construcción Limitada, se encuentra inscrita a fojas 592 vuelta, número 538, del Registro de Comercio de Linares correspondiente al año 2013
Objeto social
Capital: El capital de la Sociedad es la suma de 171.696.300 pesos, que los socios aportaron, pagaron y enteraron de la siguiente forma A) Don Fernando Eugenio Vega Godoy aporta la suma de 51.508.890 pesos, que fue pagada y enterada con la parte del capital de CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA BULLILEO LIMITADA que se le asignó a INMOBILIARIA BULLILEO LIMITADA en la división de que da cuenta la escritura pública de fecha 4 de noviembre de 2024, otorgada en la Notaría de Santiago de don Eduardo Diez Morello, equivalente, aproximadamente, al 30 por ciento de los derechos sociales. B) Doña Carmen Valeria Ruiz Navarrete aporta la suma de 51.508.890 pesos, que fue pagada y enterada con la parte del capital de CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA BULLILEO LIMITADA que se le asignó a INMOBILIARIA BULLILEO LIMITADA en la división de que da cuenta la escritura pública de fecha 4 de noviembre de 2024, otorgada en la Notaría de Santiago de don Eduardo Diez Morello, equivalente, aproximadamente, al 30 por ciento de los derechos sociales. C) Doña Catalina Isidora José Vega Ruiz aporta la suma de 17.169.630 pesos, que fue pagada y enterada con la parte del capital de CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA BULLILEOLIMITADA que se le asignó a INMOBILIARIA BULLILEO LIMITADA en la división de que da cuenta la escritura pública de fecha 4 de noviembre de 2024, otorgada en la Notaría de Santiago de don Eduardo Diez Morello, equivalente, aproximadamente, al 10 por ciento de los derechos sociales. D) Don Fernando Martín José Vega Ruiz aporta la suma de 17.169.630 pesos, que fue pagada y enterada con la parte del capital de CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA BULLILEO LIMITADA que se le asignó a INMOBILIARIA BULLILEO LIMITADA en la división de que da cuenta la escritura pública de fecha 4 de noviembre de 2024, otorgada en la Notaría de Santiago de don Eduardo Diez Morello, equivalente, aproximadamente, al 10 por ciento de los derechos sociales. E) Don Cristóbal Horacio José Vega Ruiz aporta la suma de 17.169.630 pesos, que fue pagada y enterada con la parte del capital de CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA BULLILEO LIMITADA que se le asignó a INMOBILIARIA BULLILEO LIMITADA en la división de que da cuenta la escritura pública de fecha 4 de noviembre de 2024, otorgada en la Notaría de Santiago de don Eduardo Diez Morello, equivalente, aproximadamente, al 10 por ciento de los derechos sociales. F) Don Benjamín Sebastián José Vega Ruiz aporta la suma de 17.169.630 pesos, que fue pagada y enterada con la parte del capital de CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA BULLILEO LIMITADA que se le asignó a INMOBILIARIA BULLILEO LIMITADA en la división de que da cuenta la escritura pública de fecha 4 de noviembre de 2024, otorgada en la Notaría de Santiago de don Eduardo Diez Morello, equivalente, aproximadamente, al 10 por ciento de los derechos sociales
Administración
La administración y representación de la Sociedad, con el uso de la razón social, corresponderá a los socios, quienes podrán actuar individual e indistintamente, quienes, anteponiendo su firma a la razón social, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición en todos los actos y contratos que sea necesario realizar y celebrar para cumplir con el
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA DE LOS ANGELES UBILLA SANTA CRUZ, Abogado, Notario Suplente de don EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la 34ª Notaría Santiago, domiciliado en Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, Santiago, certifico que, por escritura ante el Notario Titular don Eduardo Diez Morello, de fecha 04 de noviembre de 2024, repertorio número 18.895-2024, don FERNANDO EUGENIO VEGA GODOY, cédula de identidad número 8.194.156-4, doña CARMEN VALERIA RUIZ NAVARRETE, cédula de identidad número 8.292.198-2, doña CATALINA ISIDORA JOSE VEGA RUIZ, cédula de identidad número 18.175.197-5, don FERNANDO MARTIN JOSE VEGA RUIZ, cédula de identidad número 16.462.247-7, don CRISTOBAL HORACIO JOSE VEGA RUIZ, cédula de identidad número 15.826.653-9, don BENJAMIN SEBASTIAN JOSE VEGA RUIZ, cédula de identidad número 17.685.137- 6, todos domiciliados en calle Max Jara número ciento sesenta y uno, comuna de Linares, Región del Maule, acordaron modificar la sociedad de responsabilidad limitada CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA BULLILEO LIMITADA, rol único tributario número 77.315.895-0, en el siguiente sentido: (i) Dividir Constructora e Inmobiliaria Bullileo Limitada, subsistiendo la sociedad como continuadora legal, la que continuará bajo la misma razón social y rigiéndose por los mismos estatutos, constituyéndose la nueva sociedad de responsabilidad limitada Inmobiliaria Bullileo Limitada, a la cual se le asignó un 68,67852015 por ciento del patrimonio de Constructora e Inmobiliaria Bullileo Limitada de conformidad con el balance de división al 31 de octubre de 2024 e informe pericial confeccionados al efecto. (ii) Como resultado de la división, se disminuyó el capital de Constructora e Inmobiliaria Bullileo Limitada desde la suma de 250.000.000 de pesos, a la nueva suma de 78.303.700 pesos, esto es, en el monto de 171.696.300 pesos. (iii) Como consecuencia de lo señalado en los números anteriores, se acordó modificar el Artículo Quinto de los estatutos de Constructora e Inmobiliaria Bullileo Limitada, en las siguientes materias extractables: Capital: El capital social es la suma de 78.303.700 pesos, que los socios aportaron, pagaron y enteraron de la siguiente forma: A) Don Fernando Eugenio Vega Godoy, aportó, pagó y enteró, con anterioridad a dicho acto, la suma de 23.491.110 pesos, equivalente, aproximadamente, al 30 por ciento de los derechos sociales. B) Doña Carmen Valeria Ruiz Navarrete, aportó, pagó y enteró, con anterioridad a dicho acto, la suma de 23.491.110 pesos, equivalente, aproximadamente, al 30 por ciento de los derechos sociales. C) Doña Catalina Isidora José Vega Ruiz, aportó, pagó y enteró, con anterioridad a dicho acto, la suma de 7.830.370 pesos, equivalente, aproximadamente, al 10 por ciento de los derechos sociales. D) Don Fernando Martín José Vega Ruiz, aportó, pagó y enteró, con anterioridad a dicho acto, la suma de 7.830.370 pesos, equivalente, aproximadamente, al diez por ciento de los derechos sociales. E) Don Cristóbal Horacio José Vega Ruiz, aportó, pagó y enteró, con anterioridad a dicho acto, la suma de 7.830.370 pesos, equivalente, aproximadamente, al 10 por ciento de los derechos sociales. F) Don Benjamín Sebastián José Vega Ruiz, aportó, pagó y enteró, con anterioridad a dicho acto, la suma de 7.830.370 pesos, equivalente, aproximadamente, al 10 por ciento de los derechos sociales. (iv) Como consecuencia de la división se constituyó una nueva sociedad de responsabilidad limitada Inmobiliaria Bullileo Limitada, cuyas menciones extractables son las siguientes: Razón Social: La razón social de la sociedad será Inmobiliaria Bullileo Limitada. Administración: La administración y representación de la Sociedad, con el uso de la razón social, corresponderá a los socios, quienes podrán actuar individual e indistintamente, quienes, anteponiendo su firma a la razón social, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición en todos los actos y contratos que sea necesario realizar y celebrar para cumplir con el objeto social. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de 171.696.300 pesos, que los socios aportaron, pagaron y enteraron de la siguiente forma A) Don Fernando Eugenio Vega Godoy aporta la suma de 51.508.890 pesos, que fue pagada y enterada con la parte del capital de CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA BULLILEO LIMITADA que se le asignó a INMOBILIARIA BULLILEO LIMITADA en la división de que da cuenta la escritura pública de fecha 4 de noviembre de 2024, otorgada en la Notaría de Santiago de don Eduardo Diez Morello, equivalente, aproximadamente, al 30 por ciento de los derechos sociales. B) Doña Carmen Valeria Ruiz Navarrete aporta la suma de 51.508.890 pesos, que fue pagada y enterada con la parte del capital de CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA BULLILEO LIMITADA que se le asignó a INMOBILIARIA BULLILEO LIMITADA en la división de que da cuenta la escritura pública de fecha 4 de noviembre de 2024, otorgada en la Notaría de Santiago de don Eduardo Diez Morello, equivalente, aproximadamente, al 30 por ciento de los derechos sociales. C) Doña Catalina Isidora José Vega Ruiz aporta la suma de 17.169.630 pesos, que fue pagada y enterada con la parte del capital de CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA BULLILEOLIMITADA que se le asignó a INMOBILIARIA BULLILEO LIMITADA en la división de que da cuenta la escritura pública de fecha 4 de noviembre de 2024, otorgada en la Notaría de Santiago de don Eduardo Diez Morello, equivalente, aproximadamente, al 10 por ciento de los derechos sociales. D) Don Fernando Martín José Vega Ruiz aporta la suma de 17.169.630 pesos, que fue pagada y enterada con la parte del capital de CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA BULLILEO LIMITADA que se le asignó a INMOBILIARIA BULLILEO LIMITADA en la división de que da cuenta la escritura pública de fecha 4 de noviembre de 2024, otorgada en la Notaría de Santiago de don Eduardo Diez Morello, equivalente, aproximadamente, al 10 por ciento de los derechos sociales. E) Don Cristóbal Horacio José Vega Ruiz aporta la suma de 17.169.630 pesos, que fue pagada y enterada con la parte del capital de CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA BULLILEO LIMITADA que se le asignó a INMOBILIARIA BULLILEO LIMITADA en la división de que da cuenta la escritura pública de fecha 4 de noviembre de 2024, otorgada en la Notaría de Santiago de don Eduardo Diez Morello, equivalente, aproximadamente, al 10 por ciento de los derechos sociales. F) Don Benjamín Sebastián José Vega Ruiz aporta la suma de 17.169.630 pesos, que fue pagada y enterada con la parte del capital de CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA BULLILEO LIMITADA que se le asignó a INMOBILIARIA BULLILEO LIMITADA en la división de que da cuenta la escritura pública de fecha 4 de noviembre de 2024, otorgada en la Notaría de Santiago de don Eduardo Diez Morello, equivalente, aproximadamente, al 10 por ciento de los derechos sociales. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto la inversión de toda clase, sea en bienes corporales o incorporales, muebles e inmuebles, valores mobiliarios, inclusive acciones, bonos, debentures, instrumentos financieros, valores, efectos de comercio; la participación en sociedades de cualquier tipo, incluidas las de personas, su administración y la percepción de rentas o frutos que deriven de las anteriores, pudiendo al efecto realizar cuando acto o contrato sea necesario para la consecución de sus fines. Duración: La sociedad comenzará a regir desde la fecha de su constitución, y tendrá una duración de 5 años, renovable sucesiva y automáticamente por iguales períodos si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública, anotada al margen de la inscripción social, con una anticipación mínima de 6 meses antes del fin del respectivo período. Sociedad Asfaltos del Maule Ingeniería y Construcción Limitada, se encuentra inscrita a fojas 592 vuelta, número 538, del Registro de Comercio de Linares correspondiente al año 2013. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 30 de diciembre de 2024.- Maria de los Angeles Ubilla Santa Cruz.- Notario Suplente.-