MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad de Servicios Jurídicos Adeius Limitada

RUT 77987250-5 CVE 2591817
Fecha instrumento
20 de diciembre de 2024
Notaría
Rancagua

Instrumento

Fecha
20 de diciembre de 2024
Repertorio
5421-2024
Notario
JORGE SCHWENKE ZUÑIGA
Oficio
Segunda Notaría Rancagua
Comuna
Rancagua

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE SCHWENKE ZUÑIGA, Notario Público, Segunda Notaría Rancagua, Bueras 359, oficina 102 Rancagua, certifico: Por escritura pública de fecha 20 de diciembre de 2024, Repertorio 5421-2024, ante mi, VALENTINA IGNACIA RAMOS ROJAS, ARANZA CATALINA ESPINOZA GONZÁLEZ y RODRIGO ESTEBAN VERGARA TOBAR domiciliados en Bueras 359, oficina 904, Rancagua, modificaron la “Sociedad de Servicios Jurídicos Adeius Limitada”, nombre fantasía “Adeius Ltda.”, constituida por escritura pública 28 Agosto 2003, Notaría Rancagua, Ernesto Montoya Peredo, inscrita fojas 323 Nº 437 Registro Comercio Rancagua 2003, modificada por escritura 26 diciembre 2003 misma notaría, inscrita a fojas 70 vta. Nº 77 Registro Comercio Rancagua año 2004; por escritura 29 Agosto 2007, misma Notaría, inscrita a fojas 464 Nº 670 Registro Comercio Rancagua año 2007; por escritura 18 diciembre 2009, Notaría Rancagua, Ernesto Montoya Peredo, inscrita a fojas 774 vta. Nº 957 Registro Comercio Rancagua año 2009; por escritura de 14 de diciembre año 2010, Notaría Rancagua, Francisca Salas Medina suplente del titular Jaime Bernales Valenzuela, inscrita a fojas 793 vta. Número 1.100 Registro Comercio Rancagua 2010 y por escritura de veintinueve de noviembre año 2017, misma notaría, inscrita a fojas mil doscientos treinta y cuatro vuelta Número novecientos Registro Comercio Rancagua 2017; por escritura pública de fecha 02 de octubre de 2024, Notaría de Rancagua de don Rodrigo Javier Díaz Suárez, inscrita a fojas 578 N°389 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua del año 2024, En virtud de esta modificación, don Hugo Patricio Zamorano Galán y don Sergio Alfonso Gana Rojas cedieron la totalidad de sus derechos en la sociedad a doña Aranza Catalina Espinoza González y a doña Valentina Ignacia Ramos Rojas quienes los compraron para sí, en igual proporción, quedando en consecuencia, como únicas socias de la “Sociedad de Servicios Jurídicos Adeius Limitada” CESIÓN DERECHOS SOCIALES: Valentina Ignacia Ramos Rojas, vende, cede y transfiere la totalidad de los derechos que les corresponden en la sociedad, ascendentes al cincuenta por ciento, a doña Aranza Catalina Espinoza González y a don Rodrigo Esteban Vergara Tobar, quienes lo compran, aceptan y adquieren para sí, en la proporción del cuarenta y nueve por ciento y del uno por ciento respectivamente, en la forma y condiciones mencionadas a continuación: El precio de la cesión asciende a la suma de quinientos mil pesos, que los cesionarios pagan a la cedente, en este acto en dinero en efectivo, en la proporción indicada, declarando recibirlo a su entera satisfacción. De esta forma queda pagado en forma íntegra el precio de la cesión, quedando como únicos socios doña Aranza Catalina Espinoza González con el noventa y nueve por ciento y don Rodrigo Esteban Vergara Tobar con el uno por ciento. Modifican la clausula quinta, que se refiere a la administración de la sociedad y facultades, por el siguiente texto: “QUINTO: La administración, representación y uso de la razón social, corresponderá exclusivamente a la socia Aranza Catalina Espinoza González, de tal forma que anteponiendo a su firma la razón social, tendrá las facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo obligarla en toda clase de actos, contratos o negocios que digan relación con el objeto social o que sean necesarios o convenientes para sus fines, manteniendo las mismas facultades contenidas en dicha cláusula las cuales se dan por reproducidas en este instrumento”, estipulaciones en escritura extractada, Rancagua, 30 de diciembre de 2024.-