CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Mawlen Gestión Inmobiliaria SpA

CVE 2591844
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
19 de diciembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
19 de diciembre de 2024
Repertorio
17300/2024
Notario
RODRIGO ANDRÉS FARIAS PICÓN
Oficio
Primera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP

Objeto social

La Sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO ANDRÉS FARIAS PICÓN, Notario Público Interino de la Primera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 1160, Santiago, certifica que: Por escritura pública de fecha 19 de diciembre de 2024, Repertorio N°17.300/2024, ante mí, los señores don ANDRÉS AUGENIO VERA SALINAS, y don ÁLVARO RODRIGO ARRIAGADA DELPIANO, constituyeron una sociedad por acciones. Nombre: “Mawlen Gestión Inmobiliaria SpA”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: i) La enajenación, adquisición, comercialización, concesión, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación de todo tipo de bienes inmuebles, ya sea en forma directa o través de terceros, en cualquier forma; ii) la comercialización, explotación y administración de todo tipo de inmuebles y percepción de sus frutos; iii) la gestión, estudio, asesoría y prestación de servicios en materias relacionadas con desarrollos inmobiliarios, urbanos, proyectos de construcción y diseño habitacional, comercial e industrial y en la demás áreas relacionadas con el objeto social; iv) ejecutar todos los actos, convenciones y contratos que sean conducentes a dichos objetivos; v) la realización de toda clase de inversiones en bienes muebles, corporales e incorporales, valores, acciones, bonos y debentures, así como explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos; y, en general, la realización de toda clase de negocios y actividades relacionadas directa o indirectamente con el giro antes mencionado.- Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $1.000.000 de pesos, dividido en 1.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, todas íntegramente suscritas y pagadas. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 20 de Diciembre de 2024.