Inversiones Mater SpA
Instrumento
- Fecha
- 26 de diciembre de 2024
- Repertorio
- 16360/2024
- Notario
- JORGE LOBOS DIAZ
- Oficio
- Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE LOBOS DIAZ, Abogado, Notario Público, Suplente de la Cuarta Notaría de Santiago, cuyo titular es don COSME FERNANDO GOMILA GATICA, con oficio en Carmencita Nº 20, comuna de Las Condes, certifico: Por escritura pública ante mí, de fecha 26 de diciembre 2024, repertorio N° 16.360/2024,: que se redujo a escritura pública de acta de Junta General Extraordinaria de Accionistas de Inversiones Mater SpA, inscrita fojas 43.638 N° 17.987 Registro Comercio Santiago año 2024, celebrada 18 de diciembre de 2024, que modificó estatutos sociales, acordando: a) aumentar capital escriturado de sociedad de $10.000.000.- dividido en 1.000 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado, a $52.660.000.-, dividido en 5.266 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, mediante la emisión 4.266 nuevas acciones de pago, sin valor nominal, de la misma serie e iguales características a existentes, con precio mínimo de colocación $10.000.- por cada acción, las que fueron totalmente suscritas y pagadas en ese acto, mediante el aporte en dominio y transferencia a la sociedad, de acciones por parte de accionista aportante por $42.652.250.- y con $7.750.- en efectivo. En consecuencia, aumento de capital social acordado, queda íntegramente suscrito y pagado, en forma indicada en escritura extractada. b) Se sustituye artículo 5° estatutos sociales: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de $52.660.000.-, dividido en 5.266 acciones nominativas y sin valor nominal. No hay series de acciones ni privilegios. Dicho capital se suscribe y paga en la forma indicada en el Artículo Segundo Transitorio de estos estatutos. El capital y el valor de las acciones se entenderán modificados de pleno derecho, cada vez que la Junta Ordinaria de Accionistas apruebe el balance del respectivo ejercicio. El balance deberá expresar el nuevo capital y el valor de las acciones resultantes de la distribución del capital propio.". Además, se sustituye íntegramente art. 2° transitorio de estatutos sociales. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 27 de diciembre de 2024. Mmo.