INMOBILIARIA E INVERSIONES RENOVATIO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de diciembre de 2024
- Notario
- GABY HERNANDEZ SOTO
- Oficio
- Tercera Notaría de Copiapó
- Comuna
- Copiapó
Sociedad
- Capital
- $95.499.406 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGABY HERNANDEZ SOTO, Abogada, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Copiapó, con oficio en esta ciudad, calle O´Higgins N° 770, certifico: que por escritura pública de fecha 27 de diciembre de 2024, otorgada en esta notaria bajo el Repertorio número 4232, MANUEL ALEJANDRO JORQUERA CORTÉS, chileno, empresario, casado con separación total de bienes, RUT N°17.606.188-K, con domicilio para estos efectos en fundo Los Ángeles, kilómetro veinte, lote 1, ciudad de Copiapó y MANUEL EDUARDO JORQUERA GRENET, chileno, casado y separado totalmente de bienes, factor de comercio, RUT N°8.685.628-K, domiciliado en calle Atacama N°1139, comuna de Copiapó; Vienen, primero, en dejar sin efecto escritura pública de 13 de noviembre de 2024, otorgada bajo el Repertorio número 3610-2024, de este mismo oficio notarial que modificaba los estatutos de la INMOBILIARIA E INVERSIONES RENOVATIO LIMITADA RUT N°76.349.184-6 inscrita a fojas 87481, N°57279 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año 2013, y publicado en el Diario Oficial N°40.712 del 21 de noviembre del año 2013, modificación que no fue inscrita en el registro de comercio y por otra parte vienen en este acto a modificar la sociedad individualizada en los siguiente términos: Aumentan el capital social a la suma de $95.499.406, sumando la cantidad de $94.499.906 de pesos al millón de pesos ya ingresado, aumento que es aportado por socios de la siguiente forma: don MANUEL EDUARDO JORQUERA GRENET aporta la suma de $94.405.500, que se entera entregando el dominio de 63 inmuebles individualizados en la escritura respectiva, que son avaluados en la suma de $1.498.500 cada uno. Don MANUEL ALEJANDRO JORQUERA CORTÉS, aporta la suma de $94.406 pesos, en el acto y en dinero en efectivo. En virtud de lo anterior, modifican la cláusula QUINTA del estatuto social actualizándose el capital de la sociedad y la manera en que fueron entregados los aportes. En todo lo no modificado quedan plenamente vigentes todas las estipulaciones del estatuto social vigentes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Copiapó, 28 de diciembre de 2024.