Compass Catering y Servicios Chile SpA
Instrumento
- Fecha
- 6 de diciembre de 2024
- Repertorio
- 79103-2024
- Notario
- y no son materia de extracto. Francisco Javier Leiva Carvajal
- Oficio
- 2ª Notaría de Santiago. Santiago
- Comuna
- Santiago
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Newrest Group Holding S.A | socio | 59244300-7 | — | — | |
| Compass Catering y Servicios Chile SpA | socio | 78544560-0 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Abogado, Notario Titular de la 2ª Notaría de Santiago, con domicilio en calle Alcántara N°107, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica: Que por escritura pública otorgada ante mi suplente con fecha 6 de diciembre de 2024, bajo el repertorio N°79.103-2024, Newrest Group Holding S.A., RUT N°59.244.300-7, en su calidad de único y actual accionista de Compass Catering y Servicios Chile SpA, RUT N°78.544.560-0 (la “Sociedad”), resolvió modificar los estatutos de la Sociedad, inscrita a fojas 15.718, número 12.943 del Registro de Comercio del Conservador Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1994, en los siguientes términos: i) Resolvió modificar la razón social de la Sociedad, reemplazando el Artículo Primero de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: “ARTÍCULO PRIMERO. Nombre. El nombre de la sociedad es “Newrest Catering y Servicios Chile SpA”, en adelante la “Sociedad””; ii/ Resolvió modificar el número de directores que administran la Sociedad, (a) reemplazando el Artículo Décimo Segundo de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: “ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO. Directorio. El directorio se compondrá de siete miembros titulares, los cuales serán elegidos cada tres años por la junta de accionistas, en una misma y única votación. Los directores podrán ser o no accionistas de la Sociedad. Los directores continuarán en sus funciones después de expirado su período si por cualquier causa no se celebra en la época establecida la junta de accionistas llamada a realizar la elección o renovación del directorio. En tal caso, el directorio deberá convocar dentro del plazo de treinta días corridos a una junta de accionistas para efectuar los nombramientos correspondientes. Los directores podrán ser reelegidos indefinidamente. El directorio es esencialmente revocable”; y (b) reemplazando el Artículo Décimo Octavo de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: “ARTÍCULO DÉCIMO OCTAVO. Quórum. Las reuniones del directorio se constituirán con a lo menos cuatro directores. Los acuerdos del directorio se adoptarán por la mayoría absoluta del número total de directores de la Sociedad. En caso de empate, el presidente de la Sociedad, o quien presida la reunión en su reemplazo, no tendrá voto dirimente. Se entenderá que participan en las sesiones aquellos directores que, a pesar de no encontrarse presentes, estén comunicados simultánea y permanentemente a través de conferencia telefónica, videoconferencia o cualquier otro medio tecnológico que acuerde el directorio. En este caso, su asistencia y participación en la sesión será certificada bajo la responsabilidad del presidente, o de quien haga sus veces, y del secretario del directorio, haciéndose constar este hecho en el acta que se levante de la misma”. En todo lo no modificado se mantienen plenamente vigentes los estatutos de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada, y no son materia de extracto. Francisco Javier Leiva Carvajal, Notario Público Titular, 2ª Notaría de Santiago. Santiago, 11 de diciembre de 2024.