CERRO NEGRO SpA
Instrumento
- Fecha
- 11 de diciembre de 2024
- Repertorio
- 2820
- Comuna
- Pública Titular de la Quinta Notaria
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Duración
- 5 años, prorrogable automática y sucesivamente por períodos de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifestare voluntad de ponerle término con una anticipación de, a lo menos, 6 meses a la fecha de vencimiento del período respectivo. Sociedad inscrita a fs. 886 vuelta Nº 510, Registro de Comercio 2023 Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt
Objeto social
Uno.- la compra, venta, distribución, almacenamiento, depósitos, importación, exportación, arrendamiento, mantenimiento, intermediación, readecuación y)o reparación de contenedores; la adquisición, enajenación, inversión, compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento de bienes raíces o derechos sobre ellos, su administración y explotación, subdivisión, loteos y)o urbanización, por cuenta propia o ajena, de predios urbanos o rústicos; la realización de toda clase de inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, valores, acciones, bonos, debentures; explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos; cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; Dos.-La explotación del comercio exterior, realizado por cuenta propia o ajena, operaciones de importación o exportación, de toda clase de productos, mercaderías, bienes de capital o equipos y)o de sus partes, accesorios o repuestos; la representación, en Chile, de agencias o filiales de empresas extranjeras, como cualquiera otra comisión o mandato mercantil; y, asimismo, el desempeño de agencias o representaciones, en el exterior, de empresas o mandantes chilenos; la comercialización o distribución, en Chile o en el exterior, de toda clase de bienes de consumo o de capital, su armaduría, ensamblaje o fabricación; la prestación de toda clase de servicios de asesoría técnica, puesta en marcha y mantención, ya sea en relación con los bienes de su propia producción o de terceros; cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Tres.-El estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de Ingeniería y Construcción, por cuenta propia o ajena; la realización de trabajos de edificación de obras civiles, tales como casas, edificios, caminos, puentes, represas, túneles, puertos aéreos o marítimos y otros; el desarrollo de proyectos inmobiliarios; la compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles; la realización de loteos y obras de urbanización; la construcción, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas, acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales; y la implementación y realización, en general, de todo tipo de proyectos y de obras de Ingeniería y Construcción, y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden.Cuatro.- la construcción, por cuenta propia o ajena, de viviendas económicas, de aquellas definidas y reglamentadas por las normas del Decreto con Fuerza de Ley Número dos de mil novecientos cincuenta y nueve y la ejecución de los actos y la celebración de contratos que directa o indirectamente se relacionen con dicho objeto; teniendo presente los reglamentos y modificaciones posteriores de la legislación indicada o de las disposiciones legales que, en adelante, rijan esta clase de viviendas; la explotación de dichas viviendas; las adquisiciones de terrenos, materiales y elementos para las edificaciones, los loteos y urbanizaciones de terrenos, la fabricación de materiales o elementos relacionados con el objeto y, también, las adquisiciones, mantención y)o arriendo de vehículos de carga y de transporte; las urbanizaciones y construcciones conjuntas, aun cuando sean por cuenta de terceros, las urbanizaciones, loteos y construcciones que se hagan para instituciones fiscales, semifiscales, empresas autónomas u organismos de administración autónoma del Estado o Municipales y las que se hagan de acuerdo a proyectos, aprobados por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo; la prestación de asesorías para loteos y urbanizaciones y la ejecución de todas las obras que derivan o puedan derivar de dichos loteos y urbanizaciones; la ejecución, por cuenta propia o ajena, ya sea como contratista, subcontratista o de cualquier otra forma, de toda clase de obras destinadas a la construcción de inmuebles, o su refacción y)o ampliación o demolición; en la misma forma, la ejecución de obras civiles de construcción, pavimentación, reposición de calles y veredas, movimiento de tierras, instalaciones de redes de servicios habitacionales y la ejecución de obras civiles mayores tales como la construcción de caminos, carreteras, puentes, túneles, aeródromos, aeropuertos, obras hidráulicas y obras de similar o análoga naturaleza, incluyendo la adquisición, mantención, y)o arriendo de maquinaria y equipos apropiados y necesarios para tales obras, y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos. Administración y uso
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLEBBY CAROLÍN BARRÍA GUTIÉRREZ, Notaria Pública Titular de la Quinta Notaria de Puerto Montt, con oficio en calle Pedro Montt 180, de esta ciudad, certifico: Que por escritura pública de fecha 11 de diciembre de 2024, repertorio Nº 2820, ante mí, se redujo a escritura pública el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de CERRO NEGRO SpA, celebrada con la misma fecha, a la que comparecen los únicos y actuales accionistas de la sociedad señores CRISTIAN LEONARDO PEREZ VALDERRAMA y GERARDO CLODOMIRO LOPEZ VALDERRAMA, ambos domiciliados en Puerto Montt, quienes acordaron transformar la sociedad por acciones "CERRO NEGRO SpA" en una sociedad de responsabilidad limitada cuyos estatutos a continuación se extractan. Razón Social: "CERRO NEGRO LIMITADA". Objeto: Uno.- la compra, venta, distribución, almacenamiento, depósitos, importación, exportación, arrendamiento, mantenimiento, intermediación, readecuación y/o reparación de contenedores; la adquisición, enajenación, inversión, compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento de bienes raíces o derechos sobre ellos, su administración y explotación, subdivisión, loteos y/o urbanización, por cuenta propia o ajena, de predios urbanos o rústicos; la realización de toda clase de inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, valores, acciones, bonos, debentures; explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos; cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; Dos.-La explotación del comercio exterior, realizado por cuenta propia o ajena, operaciones de importación o exportación, de toda clase de productos, mercaderías, bienes de capital o equipos y/o de sus partes, accesorios o repuestos; la representación, en Chile, de agencias o filiales de empresas extranjeras, como cualquiera otra comisión o mandato mercantil; y, asimismo, el desempeño de agencias o representaciones, en el exterior, de empresas o mandantes chilenos; la comercialización o distribución, en Chile o en el exterior, de toda clase de bienes de consumo o de capital, su armaduría, ensamblaje o fabricación; la prestación de toda clase de servicios de asesoría técnica, puesta en marcha y mantención, ya sea en relación con los bienes de su propia producción o de terceros; cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Tres.-El estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de Ingeniería y Construcción, por cuenta propia o ajena; la realización de trabajos de edificación de obras civiles, tales como casas, edificios, caminos, puentes, represas, túneles, puertos aéreos o marítimos y otros; el desarrollo de proyectos inmobiliarios; la compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles; la realización de loteos y obras de urbanización; la construcción, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas, acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales; y la implementación y realización, en general, de todo tipo de proyectos y de obras de Ingeniería y Construcción, y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden.Cuatro.- la construcción, por cuenta propia o ajena, de viviendas económicas, de aquellas definidas y reglamentadas por las normas del Decreto con Fuerza de Ley Número dos de mil novecientos cincuenta y nueve y la ejecución de los actos y la celebración de contratos que directa o indirectamente se relacionen con dicho objeto; teniendo presente los reglamentos y modificaciones posteriores de la legislación indicada o de las disposiciones legales que, en adelante, rijan esta clase de viviendas; la explotación de dichas viviendas; las adquisiciones de terrenos, materiales y elementos para las edificaciones, los loteos y urbanizaciones de terrenos, la fabricación de materiales o elementos relacionados con el objeto y, también, las adquisiciones, mantención y/o arriendo de vehículos de carga y de transporte; las urbanizaciones y construcciones conjuntas, aun cuando sean por cuenta de terceros, las urbanizaciones, loteos y construcciones que se hagan para instituciones fiscales, semifiscales, empresas autónomas u organismos de administración autónoma del Estado o Municipales y las que se hagan de acuerdo a proyectos, aprobados por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo; la prestación de asesorías para loteos y urbanizaciones y la ejecución de todas las obras que derivan o puedan derivar de dichos loteos y urbanizaciones; la ejecución, por cuenta propia o ajena, ya sea como contratista, subcontratista o de cualquier otra forma, de toda clase de obras destinadas a la construcción de inmuebles, o su refacción y/o ampliación o demolición; en la misma forma, la ejecución de obras civiles de construcción, pavimentación, reposición de calles y veredas, movimiento de tierras, instalaciones de redes de servicios habitacionales y la ejecución de obras civiles mayores tales como la construcción de caminos, carreteras, puentes, túneles, aeródromos, aeropuertos, obras hidráulicas y obras de similar o análoga naturaleza, incluyendo la adquisición, mantención, y/o arriendo de maquinaria y equipos apropiados y necesarios para tales obras, y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos. Administración y uso Razón Social: CRISTIAN LEONARDO PEREZ VALDERRAMA con las más amplias facultades y sin limitación. El Capital Social es la cantidad de $2.000.000.-, que los socios han aportado y pagado en dinero efectivo, con anterioridad, y del modo siguiente: a) CRISTIAN LEONARDO PEREZ VALDERRAMA, la cantidad de $1.600.000.-, equivalentes a un 80% del interés social; y b) GERARDO CLODOMIRO LOPEZ VALDERRAMA, la cantidad de $.400.000.- equivalentes a un 20% del interés social.-. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado. Socios limitan responsabilidad monto respectivos aportes; Duración: 5 años, prorrogable automática y sucesivamente por períodos de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifestare voluntad de ponerle término con una anticipación de, a lo menos, 6 meses a la fecha de vencimiento del período respectivo. Sociedad inscrita a fs. 886 vuelta Nº 510, Registro de Comercio 2023 Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt .Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Puerto Montt, 24 de diciembre de 2024.