CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

AGS UNO SpA

RUT 77055712-7 CVE 2591843
Capital
$800.000 CLP
Fecha instrumento
18 de diciembre de 2024

Instrumento

Fecha
18 de diciembre de 2024
Repertorio
3931/2024
Notario
Bernardo Espinosa Bancalari
Domicilio
Puerto Varas

Sociedad

Capital
$800.000 CLP

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto la inversión, reinversión, compra, venta, adquisición y enajenación a cualquier título, de todo tipo de bienes corporales o incorporales, muebles e inmuebles, tales como, bienes raíces, valores mobiliarios, acciones, créditos, bonos, derechos en sociedades, efectos de comercio en general, y cualquier otro valor mueble, principalmente en sociedades, vehículos, instrumentos y)o valores extranjeros

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Bernardo Espinosa Bancalari, Notario Público de Puerto Varas, con oficio en esta ciudad, Av. Gramado 535, certifica: Por escritura de 18 de diciembre de 2024, repertorio N°3931/2024, ante mí, CONSTRUCTORA ALMAZÁN LIMITADA, rut 77.055.712-7, Loteos de Mirador, Parcela 1, Puerto Varas, constituyó una sociedad por acciones: Nombre: AGS UNO SpA .- Objeto: La sociedad tendrá por objeto la inversión, reinversión, compra, venta, adquisición y enajenación a cualquier título, de todo tipo de bienes corporales o incorporales, muebles e inmuebles, tales como, bienes raíces, valores mobiliarios, acciones, créditos, bonos, derechos en sociedades, efectos de comercio en general, y cualquier otro valor mueble, principalmente en sociedades, vehículos, instrumentos y/o valores extranjeros. Capital: USD $800.000, dividido 800.000 acciones, de las cuales 1.000 Acciones Serie A preferente, y 799.000 Acciones Serie B limitada sin derecho a voto; todas nominativas y sin valor nominal. 334 Acciones Serie A íntegramente suscritas y pagadas. 666 Acciones Serie A y 799.000 Acciones Serie B pendientes de suscripción y pago, dentro de 2 años siguientes a fecha escritura. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Puerto Varas, 23 de diciembre de 2024.