AGRÍCOLA SG SpA
Instrumento
- Fecha
- 19 de diciembre de 2024
- Repertorio
- 10048-2024
- Comuna
- Santiago con
Sociedad
- Capital
- $83.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalROSE MARIE MUÑOZ ÁLVAREZ, abogado, Notario Suplente de don PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Titular de la Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa número mil doscientos uno, local ciento uno, certifico que por escritura pública de fecha 19 de diciembre de 2024, repertorio 10.048-2024, ante el notario titular, comparece: uno) INVERSIONES KOS LIMITADA, y dos) INVERSIONES DON HÉCTOR SpA, en calidad de únicos y actuales accionistas de AGRÍCOLA SG SpA, según consta en el registro de accionista que se tuvo a la vista por el notario que autoriza, rol único tributario número 77.642.851-5, inscrito a fojas 72.529 número 31.721 del año 2022 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en adelante la “Sociedad”, quienes acuerdan: 1) aumentar el capital social en la suma de $83.000.000 millones mediante la emisión de 450 nuevas acciones de una única serie, nominativas y sin valor nominal, las cuales serán íntegramente suscritas y pagadas, a un valor de suscripción de 184.444,4 pesos por INVERSIONES KOS LIMITADA mediante la capitalización de un crédito que éste registra en contra de la Sociedad por una cuenta por cobrar que a la fecha asciende a $226.384.520, lo que cuenta con el pleno y total consentimiento de INVERSIONES DON HÉCTOR SpA. Conforme a la capitalización que se efectuará, se dará cuenta en dicha escritura pública que la cuenta por cobrar que INVERSIONES KOS LIMITADA registra contra la AGRÍCOLA SG SpA se extinguirá en el monto de 83.000.000, manteniéndose el registro de una deuda por cobrar en INVERSIONES KOS LIMITADA contra la Sociedad por la suma de $143.384.520. Como consecuencia de lo anterior, el capital de la sociedad asciende a la suma de 94.000.000 de pesos, dividido en 1.000 acciones, de una única serie, nominativas y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas por los accionistas en la siguiente proporción: uno) INVERSIONES KOS LIMITADA es titular de 500 acciones de una única serie, nominativas y sin valor nominal en las que se divide el capital social íntegramente pagadas; y dos) INVERSIONES DON HÉCTOR SpA es titular de 500 acciones de una única serie, nominativas y sin valor nominal en las que se divide el capital social íntegramente pagadas. De da cuenta, que el capital de la Sociedad se encuentra íntegramente suscrito y pagado con esta fecha. 2) Crear series de acciones. En virtud de dicho acuerdo, las 500 acciones de que es titular INVERSIONES DON HÉCTOR SpA serán las acciones “serie A o preferente” y su preferencia consistirá en un dividendo preferente ascendente a la suma en que la Sociedad registra el gasto anual en el arriendo del inmueble donde ejerce su actividad. El plazo de duración de esta preferencia será de 18 años o el plazo de término del contrato de arrendamiento respectivo, lo primero que suceda. Respecto a las restantes 500 acciones en que se divide el capital social, de que es titular INVERSIONES KOS LIMITADA, quedan en consecuencia como acciones “serie B u ordinaria”; 3) reemplazar el artículo quinto de los estatutos por el siguiente texto: “ARTÍCULO QUINTO. El capital de la sociedad es la suma de 94.000.000 de pesos, dividido en 500 acciones serie A o preferente y 500 acciones serie B u ordinaria, todas ellas nominativas y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas por los accionistas en la siguiente proporción: uno) INVERSIONES KOS LIMITADA es titular de 500 acciones serie B u ordinaria, nominativas y sin valor nominal íntegramente suscritas y pagadas; y dos) INVERSIONES DON HÉCTOR SpA es titular de 500 acciones serie A o preferente, nominativas y sin valor nominal íntegramente suscritas y pagadas. La preferencia consistirá en un dividendo preferente ascendente a la suma en que la Sociedad registra el gasto anual en el arriendo del inmueble donde ejerce su actividad. El plazo de duración de esta preferencia será de 18 años o el término del plazo de vigencia del contrato de arrendamiento, lo primero que suceda. El capital de la Sociedad se encuentra íntegramente suscrito y pagado con esta fecha.” Demás estipulaciones en escritura extractada. 23 de diciembre de 2024.