INMOBILIARIA Y ADMINISTRADORA CGL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 18 de noviembre de 2024
- Repertorio
- 3127
- Comuna
- Titular de la Primera Notaría de Vitacura
Sociedad
- Capital
- $50.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMÓNICA FIGUEROA CARVAJAL, Notaria Titular de la Primera Notaría de Vitacura, con Oficio en Avenida Vitacura 6844 Vitacura, Local -1, certifica: Por escritura de 18 de noviembre de 2024, bajo el Repertorio N°3127 ante mí, don MIGUEL ALEJANDRO CHAJTUR COMAS; doña MARÍA JOSÉ CHAJTUR COMAS, ambos domiciliados para estos efectos en calle Fernando de Arguello N°6699, departamento 204, comuna de Vitacura; doña SUSANA DEL CARMEN MANSILLA LOWICK-RUSSELL, domiciliada en Avenida Américo Vespucio Norte N°2292, Vitacura; doña MAIRA ELSA JORDAN HERRERA, domiciliada en calle La Vendimia N°6731, Vitacura; don ALVARO JEREMIAS CHAJTUR JORDAN, domiciliado en Fernando de Arguello N°6699, departamento 204, comuna de Vitacura; y doña DANIELA FRANCISCA CHAJTUR JORDAN, domiciliada en Las Hualtatas N°6684, Vitacura, modificaron la Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada “INMOBILIARIA Y ADMINISTRADORA CGL LIMITADA”, Rut N°76.321.155-K, con un capital social de $50.000.000. Inscrita a fojas 69.567 N°45.861 en el Registro de Comercio de Santiago del año 2013. Son al día de hoy los únicos y actuales socios de la sociedad: don MIGUEL ALEJANDRO CHAJTUR COMAS, con el 62% de los derechos sociales; doña SUSANA DEL CARMEN MANSILLA LOWICK- RUSSELL, con el 30% de los derechos sociales; y doña MAIRA ELSA JORDAN HERRERA, con el 8% de los derechos en la sociedad. Los socios acordaron las siguientes cesiones de derechos: UNO) don Miguel Alejandro Chajtur Comas, dueño del 62% del total de los derechos sociales, vende, cede y transfiere parte de dichos derechos así: A) el 33% del total de los derechos sociales a doña María José Chajtur Comas, quien los compra, acepta y adquiere para sí y en la suma de $16.500.000; y B) el 28% de dichos derechos sociales a doña Daniela Francisca Chajtur Jordan, quien los compra, acepta y adquiere para sí y en la suma de $14.000.000; DOS) doña Susana del Carmen Mansilla Lowick-Russell, dueña del 30% del total de los derechos sociales, vende, cede y transfiere el total de dichos derechos a don Alvaro Jeremías Chajtur Jordan, quien los compra, acepta y adquiere para sí y en la suma de $15.000.000; y TRES) doña Maira Elsa Jordan Herrera, dueña del 8% del total de los derechos sociales, vende, cede y transfiere parte de dichos derechos así: A) el 3% del total de los derechos sociales a don Alvaro Jeremías Chajtur Jordan, quien los compra, acepta y adquiere para sí y en la suma de $1.500.000; y B) el 5% restante a doña Daniela Francisca Chajtur Jordan, quien los compra, acepta y adquiere para sí y en la suma de $2.500.000.- Con motivo de las cesiones antes señaladas, se retiran de la sociedad doña Susana del Carmen Mansilla Lowick-Russell y doña Maira Elsa Jordan Herrera y quedan a partir de hoy como únicos socios de la sociedad “Inmobiliaria y Administrador CGL Limitada”, los siguientes: don MIGUEL ALEJANDRO CHAJTUR COMAS, con el 1% de los derechos sociales; doña MARÍA JOSÉ CHAJTUR COMAS, con el 33% de los derechos sociales; don ALVARO JEREMIAS CHAJTUR JORDAN, con el 33% de los derechos en la sociedad; y doña DANIELA FRANCISCA CHAJTUR JORDAN, con el 33% de los derechos en la sociedad. Socios mantienen la administración, representación y uso de la razón social, la que seguirá siendo de responsabilidad de don MIGUEL ALEJANDRO CHAJTUR COMAS, quien podrá anteponer su firma a la razón social, y representarla con amplias facultades. En todo lo no modificado por el presente instrumento, permanecerán vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Vitacura, 13 de diciembre 2024.-