MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA Y ADMINISTRADORA CGL LIMITADA

RUT 76321155-K CVE 2590926
Capital
$50.000.000 CLP
Fecha instrumento
18 de noviembre de 2024
Notaría
Titular de la Primera Notaría de Vitacura

Instrumento

Fecha
18 de noviembre de 2024
Repertorio
3127
Comuna
Titular de la Primera Notaría de Vitacura

Sociedad

Capital
$50.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MÓNICA FIGUEROA CARVAJAL, Notaria Titular de la Primera Notaría de Vitacura, con Oficio en Avenida Vitacura 6844 Vitacura, Local -1, certifica: Por escritura de 18 de noviembre de 2024, bajo el Repertorio N°3127 ante mí, don MIGUEL ALEJANDRO CHAJTUR COMAS; doña MARÍA JOSÉ CHAJTUR COMAS, ambos domiciliados para estos efectos en calle Fernando de Arguello N°6699, departamento 204, comuna de Vitacura; doña SUSANA DEL CARMEN MANSILLA LOWICK-RUSSELL, domiciliada en Avenida Américo Vespucio Norte N°2292, Vitacura; doña MAIRA ELSA JORDAN HERRERA, domiciliada en calle La Vendimia N°6731, Vitacura; don ALVARO JEREMIAS CHAJTUR JORDAN, domiciliado en Fernando de Arguello N°6699, departamento 204, comuna de Vitacura; y doña DANIELA FRANCISCA CHAJTUR JORDAN, domiciliada en Las Hualtatas N°6684, Vitacura, modificaron la Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada “INMOBILIARIA Y ADMINISTRADORA CGL LIMITADA”, Rut N°76.321.155-K, con un capital social de $50.000.000. Inscrita a fojas 69.567 N°45.861 en el Registro de Comercio de Santiago del año 2013. Son al día de hoy los únicos y actuales socios de la sociedad: don MIGUEL ALEJANDRO CHAJTUR COMAS, con el 62% de los derechos sociales; doña SUSANA DEL CARMEN MANSILLA LOWICK- RUSSELL, con el 30% de los derechos sociales; y doña MAIRA ELSA JORDAN HERRERA, con el 8% de los derechos en la sociedad. Los socios acordaron las siguientes cesiones de derechos: UNO) don Miguel Alejandro Chajtur Comas, dueño del 62% del total de los derechos sociales, vende, cede y transfiere parte de dichos derechos así: A) el 33% del total de los derechos sociales a doña María José Chajtur Comas, quien los compra, acepta y adquiere para sí y en la suma de $16.500.000; y B) el 28% de dichos derechos sociales a doña Daniela Francisca Chajtur Jordan, quien los compra, acepta y adquiere para sí y en la suma de $14.000.000; DOS) doña Susana del Carmen Mansilla Lowick-Russell, dueña del 30% del total de los derechos sociales, vende, cede y transfiere el total de dichos derechos a don Alvaro Jeremías Chajtur Jordan, quien los compra, acepta y adquiere para sí y en la suma de $15.000.000; y TRES) doña Maira Elsa Jordan Herrera, dueña del 8% del total de los derechos sociales, vende, cede y transfiere parte de dichos derechos así: A) el 3% del total de los derechos sociales a don Alvaro Jeremías Chajtur Jordan, quien los compra, acepta y adquiere para sí y en la suma de $1.500.000; y B) el 5% restante a doña Daniela Francisca Chajtur Jordan, quien los compra, acepta y adquiere para sí y en la suma de $2.500.000.- Con motivo de las cesiones antes señaladas, se retiran de la sociedad doña Susana del Carmen Mansilla Lowick-Russell y doña Maira Elsa Jordan Herrera y quedan a partir de hoy como únicos socios de la sociedad “Inmobiliaria y Administrador CGL Limitada”, los siguientes: don MIGUEL ALEJANDRO CHAJTUR COMAS, con el 1% de los derechos sociales; doña MARÍA JOSÉ CHAJTUR COMAS, con el 33% de los derechos sociales; don ALVARO JEREMIAS CHAJTUR JORDAN, con el 33% de los derechos en la sociedad; y doña DANIELA FRANCISCA CHAJTUR JORDAN, con el 33% de los derechos en la sociedad. Socios mantienen la administración, representación y uso de la razón social, la que seguirá siendo de responsabilidad de don MIGUEL ALEJANDRO CHAJTUR COMAS, quien podrá anteponer su firma a la razón social, y representarla con amplias facultades. En todo lo no modificado por el presente instrumento, permanecerán vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Vitacura, 13 de diciembre 2024.-