Inmobiliaria La República Sociedad Anónima
Instrumento
- Fecha
- 6 de diciembre de 2024
- Repertorio
- 78938-2024
- Notario
- otorgada ante la Notaría de don Francisco Leiva Carvajal
- Oficio
- 2ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Ley aplicable
- ley N°19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO ANDRES PINARES ALVARADO, Notario Suplente de don FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Alcántara N°107, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica: Que por escritura pública otorgada con fecha 6 de diciembre de 2024 ante la Notaría de don Francisco Javier Leiva Carvajal, repertorio N°78.938-2024, se redujo el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de Inmobiliaria La República Sociedad Anónima (la “Sociedad”), RUT N°92.512.000-6, celebrada con fecha 25 de noviembre de 2024, en la cual se acordó: 1. El saneamiento del vicio formal de que adolece la modificación de estatutos acordada en la Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad celebrada con fecha 6 de junio de 2023, la cual se redujo a escritura pública con fecha 10 de agosto de 2023, otorgada ante la Notaría de don Francisco Leiva Carvajal, Notario Público Titular de la 2ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Alcántara N°107, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, bajo el repertorio N°58.527-2023, cuyo extracto no fue inscrito y publicado oportunamente. Por tanto, se acordó corregir, en los términos de la ley N°19.499, el vicio formal del que adolece tal modificación consistente en la falta de inscripción y publicación de la misma; 2. Ratificar todos y cada uno de los acuerdos adoptados en la mencionada Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad celebrada con fecha 6 de junio de 2023, especialmente (i) el acuerdo referido a renovar y prorrogar por 5 años adicionales la vigencia de la preferencia de las acciones Serie A, reemplazando el artículo décimo de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO DÉCIMO: El Directorio se compondrá de cinco miembros, elegidos cada tres años por la Junta Ordinaria de Accionistas. En dicha Junta los accionistas de la serie “A” elegirán tres directores, y los accionistas de la serie “B” elegirán dos directores. Los directores durarán tres años en sus funciones y podrán ser reelegidos indefinidamente. Los directores continuarán en sus funciones después de expirado su periodo, si no se celebrare la Junta Ordinaria de Accionistas llamada a efectuar la elección periódica de ellos. En tal caso, el Directorio deberá convocar a la brevedad posible a una Junta para hacer los nombramientos correspondientes”; (ii) la modificación de la duración de la Sociedad, reemplazando el artículo tercero de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO TERCERO: La duración de la Sociedad será indefinida”; (iii) la modificación de los estatutos sociales en materias que no son objeto de extracto; y (iv) el otorgamiento de un nuevo texto refundido de los estatutos sociales; 3. Modificar el Artículo Quinto de los estatutos de la Sociedad, en lo referente a que el capital de la Sociedad sea expresado en pesos chilenos, quedando del siguiente tenor el artículo modificado: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad será de doscientos veintitrés millones doscientos setenta y siete mil pesos, dividido en doscientas diez mil acciones nominativas y sin valor nominal. De estas acciones setenta mil pertenecerán a la Serie “A” y las acciones restantes, o sea ciento cuarenta mil acciones pertenecerán a la Serie “B”.”; y 4. Otros acuerdos que no son materia de extracto. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 18 de diciembre de 2024. Rodrigo Pinares Alvarado. Notario Público Suplente.-