MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

FISHER SERVICIOS CLINICOS CHILE LIMITADA

RUT 76061139-5 CVE 2590744
Fecha instrumento
28 de noviembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
28 de noviembre de 2024
Comuna
Santiago

Objeto social

a) La prestación de servicios de logística, gestión, almacenamiento y distribución de toda clase de productos farmacéuticos; b) la elaboración, producción, envasado, acondicionado, importación, exportación, compra, venta, comercialización, distribución y disposición final de toda clase de productos y equipos, en especial, productos farmacéuticos y químicos; podrá, asimismo, otorgar las licencias correspondientes a tales productos; c) la prestación de servicios en el área de investigación clínica, la realización de pruebas clínicas, el procesamiento de datos, manejo de información y estadísticas, desarrollo de proyectos de investigación y de tecnologías médicas, farmacéuticas y biotecnológicas, la prestación de soportes tecnológicos a laboratorios clínicos, centros médicos, clínicas, hospitales y otros centros de salud; y la fármaco-vigilancia; d) prestar asesorías, consultorías, apoyos técnicos, capacitaciones respecto a la elaboración, prueba y distribución de los productos referidos anteriormente; e) celebrar por cuenta propia o de terceros todo tipo de actos y contratos civiles o mercantiles que sean necesarios para el cumplimiento del objeto social, y la realización de todo tipo de negocios, actos y contratos que acuerden los socios y que al cumplimiento del objeto social mencionado.”

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

SUSANA BELMONTE AGUIRRE, Notario Titular de la 11° Notaría de Santiago, Rosario Norte N° 555, Local 201, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública otorgada ante CLAUDIA GALINDO LÓPEZ, Notario Suplente según consta en decreto protocolizado en esta Notaría con fecha 28 de noviembre de 2024, con fecha 28 de noviembre de 2024, Thermo Fisher Scientific Inc., y Fisher Servicios Clínicos (Chile) LLC, ambas con domicilio en Rosario Norte 532, oficina 404, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, modificaron la sociedad FISHER SERVICIOS CLINICOS CHILE LIMITADA (fs 24298 nro. 16576 Reg. Com Stgo año 2009) en los siguientes sentidos: (i) se modifica la administración de la sociedad reemplazando consecuentemente el artículo Octavo de los estatutos por el siguiente: “OCTAVO: La administración de la compañía y el uso de la razón social corresponderá a don Jonathan Damián Klawir, pasaporte de la República de Argentina número AAJ440704 y a don Francisco José Antel Costa, cédula de identidad para extranjeros número 27.127.675-3, a fin de que actuando individual e indistintamente uno cualquiera de ellos y con la sola limitación que se indica más adelante, la representen con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, y especialmente con las indicadas en la cláusula Novena de este estatuto. Sin perjuicio de lo anterior, los administradores designados precedentemente deberán actuar en forma conjunta, para el ejercicio de sus facultades cuando los actos, contratos u operaciones que sean susceptibles de apreciación pecuniaria, excedan de la suma de USD 5.000.000 dólares de los Estados Unidos de América o su equivalente en moneda nacional. Adicionalmente, la realización de los siguientes actos por los administradores están sujetos a la aprobación previa y por escrito de las socias de la Sociedad, aprobación que puede ser dada mediante reunión de socias, carta o correo electrónico: (a) constituir, ingresar, disolver, liquidar, adquirir o enajenar sociedades de cualquier clase u objeto, sean civiles o comerciales, colectivas, anónimas, en comandita, de responsabilidad limitada o de cualquier otra especie, en las que la Sociedad tenga participación; (b) vender o enajenar de cualquier forma las participaciones sociales poseídas por la Sociedad en cualquier otra sociedad, así como la celebración de cualquier acuerdo referente a las participaciones societarias poseídas por la Sociedad en otras sociedades; (c) celebrar contratos de promesa, comprar, vender, permutar, hipotecar y en general, adquirir y enajenar a cualquier título, toda clase de bienes inmuebles; (d) solicitud de liquidación o quiebra; y (e) donación o contribución a partidos o candidatos políticos, en cuanto sea permitido por ley”; (ii) Se modifica el objeto social de la Sociedad, reemplazando consecuentemente el artículo Cuarto de los estatutos por el siguiente: “CUARTO: La sociedad tendrá por objeto: a) La prestación de servicios de logística, gestión, almacenamiento y distribución de toda clase de productos farmacéuticos; b) la elaboración, producción, envasado, acondicionado, importación, exportación, compra, venta, comercialización, distribución y disposición final de toda clase de productos y equipos, en especial, productos farmacéuticos y químicos; podrá, asimismo, otorgar las licencias correspondientes a tales productos; c) la prestación de servicios en el área de investigación clínica, la realización de pruebas clínicas, el procesamiento de datos, manejo de información y estadísticas, desarrollo de proyectos de investigación y de tecnologías médicas, farmacéuticas y biotecnológicas, la prestación de soportes tecnológicos a laboratorios clínicos, centros médicos, clínicas, hospitales y otros centros de salud; y la fármaco-vigilancia; d) prestar asesorías, consultorías, apoyos técnicos, capacitaciones respecto a la elaboración, prueba y distribución de los productos referidos anteriormente; e) celebrar por cuenta propia o de terceros todo tipo de actos y contratos civiles o mercantiles que sean necesarios para el cumplimiento del objeto social, y la realización de todo tipo de negocios, actos y contratos que acuerden los socios y que al cumplimiento del objeto social mencionado.” Demás estipulaciones no materia de extracto constan en escritura extractada. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Santiago, 16 de diciembre de 2024. Susana Belmonte Aguirre, Notario Titular.