MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

EÓLICA LAGUNA BLANCA SpA

RUT 77110361-8 CVE 2590767
Capital
$887.009 CLP
Fecha instrumento
17 de diciembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
17 de diciembre de 2024
Repertorio
118603
Notario
WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ
Oficio
Cuadragésima Novena Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$887.009 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
EÓLICA LAGUNA BLANCA SpA socio 77110361-8

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Novena Notaría de Santiago , con oficio en esta ciudad, en calle Amunategui Número 73, CERTIFICA: por escritura pública de 17 de diciembre de 2024, repertorio N° 118.603, ante mí, HIF ENERGY SpA, debidamente representada por don Juan José Gana Errázuriz, cédula de identidad N° 7.031.747-8, y doña Clara Jean Bowman, cédula de identidad N° 23.334.736 -1, en calidad de único y actual accionista según registro tenido a la vista de la sociedad EÓLICA LAGUNA BLANCA SpA, RUT: 77.110.361-8 (“Sociedad”), inscrita a fojas 99768, número 48794 en el Registro de Comercio del CBR de Santiago, año 2019, acordó: I. Aumento de Capital. Aumentar el capital estatutario de la Sociedad de 251.410,07 Dólares dividido en 17.874 acciones ordinarias y nominativas, de una sola serie, de igual valor y sin valor nominal a la suma de 887.009,07 Dólares dividido 63.048 acciones, mediante la emisión de 45.174 nuevas acciones ordinarias y nominativas, de la misma serie existente, de igual valor y sin valor nominal, las que serán pagadas conforme lo estipulado en escritura pública de fecha diecisiete de diciembre de dos mil veinticuatro. II. Modificación de Estatutos Sociales. Modificar los artículos quinto permanente y primero transitorio de los estatutos sociales, sustituyéndolos por los siguientes: “ARTÍCULO QUINTO. Capital. El capital de la Sociedad asciende a la suma única y total de ochocientos ochenta y siete mil nueve coma cero siete Dólares de los Estados Unidos de América, dividido en sesenta y tres mil cuarenta y ocho acciones ordinarias, nominativas, de una única serie, de igual valor y sin valor nominal, que se suscribe y paga en la forma indicada en el artículo primero transitorio de estos estatutos. Las acciones podrán pagarse en dinero en efectivo o en otros bienes. Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad.” “Artículo Primero Transitorio: El capital de la Sociedad asciende a la suma única y total de ochocientos ochenta y siete mil nueve coma cero siete Dólares, dividido en sesenta y tres mil cuarenta y ocho acciones ordinarias, nominativas, de una única serie, de igual valor y sin valor nominal, y se suscribe, paga y pagará en la forma que indica a continuación: i) cien acciones, que equivalen a mil cuatrocientos seis coma cincuenta y siete Dólares, íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; ii) catorce mil trescientas treinta y ocho acciones que equivalen a doscientos un mil seiscientos setenta coma noventa y siete Dólares, íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; iii) tres mil cuatrocientas treinta y seis acciones que equivalen a cuarenta y ocho mil trescientos treinta y dos coma cincuenta y tres Dólares, íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; y iv) cuarenta y cinco mil ciento setenta y cuatro acciones que equivalen a seiscientos treinta y cinco mil quinientos noventa y nu eve Dólares, correspondientes a un aumento de capital acordado por escritura pública de fecha diecisiete de diciembre de dos mil veinticuatro, íntegramente suscrito y pagado por el accionista HIF Energy SpA .” Demás cláusulas constan en escritura extractada. Santiago 18 de diciembre de 2024.