COMERCIAL E INVERSIONES SAN JOAQUIN LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 13 de diciembre de 2024
- Notario
- ENRIQUE ORTIZ SCHINDLER
- Domicilio
- Talca
Sociedad
- Capital
- $5.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalENRIQUE ORTIZ SCHINDLER, abogado, Notario Público Titular Talca, con oficio en calle 1 Sur N°898, Talca, certifica que, por escritura otorgada ante mí, con fecha 13-12-2024, Rep. N° 3204-2024, don JOSÉ IGNACIO LOYOLA PINOCHET, abogado, en representación de don CARLOS MARIO MUENA SALGADO, doña CECILIA PAOLA GARCIA MOYA, y de don JORGE ALEJANDRO MUENA SALGADO, en virtud de lo dispuesto en los artículos primero y tercero de la ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve celebra escritura de saneamiento respecto de la SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA “COMERCIAL E INVERSIONES SAN JOAQUIN LIMITADA, RUT 76.212.189 – 1. CAPITAL: Cinco millones de pesos ($5.000.000). El instrumento en cuestión se celebra con el objeto de sanear el vicio de nulidad que afecta a la escritura de cesión de derechos y modificación de sociedad celebrada el día 18 de junio de 2024, consistente en la inscripción extemporánea del extracto de ella en el Registro de Comercio respectivo. En dicha escritura, don CARLOS MARIO MUENA SALGADO, vendió, cedió y transfirió su 1% de las acciones y derechos en la sociedad que le pertenecen, a doña CECILIA PAOLA GARCIA MOYA, quien compró y aceptó para sí el porcentaje y el interés de la cedente en la misma. El precio total de dicha cesión fue la suma de $100.000, que doña CECILIA PAOLA GARCIA MOYA, pagó en el acto en dinero efectivo al cedente quien declaró recibir a su entera satisfacción. En consecuencia, quedaron desde este momento como únicos socios de la compañía don JORGE ALEJANDRO MUENA SALGADO, con un 99% de las acciones y derechos de la compañía en cuanto a capital e ingresos proporcionales acumulados y doña CECILIA PAOLA GARCIA MOYA con un 1% las acciones y derechos de la compañía en cuanto a capital e ingresos proporcionales acumulados. Se otorgó amplio y completo finiquito recíproco entre don CARLOS MARIO MUENA SALGADO y la sociedad. En cuanto a la administración, representación, uso de la razón social y del nombre de fantasía esta corresponde exclusivamente al socio JORGE ALEJANDRO MUENA SALGADO, quien manifestó su conformidad con la presente venta de acciones y derechos de la sociedad. Los actuales socios manifestaron su voluntad de seguir limitando su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. En todo lo que no sé modifica por este instrumento seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social contenidas en la escritura de constitución de fecha siete de mayo de dos mil doce. - Demás estipulaciones en escritura extractada. Talca 13 de diciembre de 2024.