SEMILLAS KWS CHILE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 25 de noviembre de 2024
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.487.548.446 CLP
- Duración
- Indefinida
Administración
A/ Directorio. La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a un directorio compuesto de tres miembros, cuya elección, duración, funcionamiento y atribuciones se regirá por las normas que se indican en este Artículo y, en subsidio, por las que para esta materia contempla la Ley dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas para las sociedades anónimas cerradas. B/ Composición. El Directorio de la Sociedad estará compuesto por tres miembros, los que serán designados por los socios KWS SAAT SE & Co. KGaA y KWS KLOSTERGUT WIEBRECHTSHAUSEN GMBH en conjunto. C/ Designación y
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Co. KGaA | socio | 59003520-3 | — | — | |
| KWS KLOSTERGUT WIEBRECHTSHAUSEN GMBH | socio | 59003530-0 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO ANDRÉS PINARES ALVARADO, Abogado, Notario Suplente de don FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Titular de la 2° Notaría de Santiago, con domicilio en Alcántara 107, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifico que: por escritura pública de fecha 25 de noviembre de 2024, ante el titular, KWS SAAT SE & Co. KGaA, RUT 59.003.520-3 y KWS KLOSTERGUT WIEBRECHTSHAUSEN GMBH, RUT 59.003.530-0, ambas domiciliadas para estos efectos en Miraflores 222, piso 28, comuna y ciudad de Santiago, en su calidad de únicos socios de SEMILLAS KWS CHILE LIMITADA (en adelante la “Sociedad”), inscrita a fojas 394 vuelta, número 326, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, correspondiente al año 2016, acordaron: (1) aumentar el capital de la Sociedad desde la suma inicial de $3.487.548.446, a la suma de $8.494.914.799, es decir, en la cantidad de $5.007.366.353, la cual ha sido íntegramente aportada, enterada y pagada por los socios en la forma que señala la escritura; (2) modificar el Artículo Cuarto del estatuto de la Sociedad, con el objeto de establecer que la administración de la Sociedad y uso de la razón social corresponda a un directorio compuesto por tres miembros, cuyo funcionamiento se regula en la forma que señala la escritura; (3) eliminar el Artículo Primero Transitorio del estatuto de la Sociedad; y (4) modificar los Artículos Tercero y Cuarto de los estatutos de la Sociedad, reemplazándolos íntegramente por los siguientes: “ARTÍCULO TERCERO: El capital social será de ocho mil cuatrocientos noventa y cuatro millones novecientos catorce mil setecientos noventa y nueve pesos, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado, en la siguiente proporción: /Uno/ KWS SAAT SE & Co. KGaA ha enterado la cantidad de ocho mil cuatrocientos cuarenta y seis millones setecientos sesenta y seis mil treinta pesos, equivalente aproximadamente al noventa y nueve coma cuatro tres tres por ciento de los derechos sociales y /Dos/ KWS KLOSTERGUT WIEBRECHTSHAUSEN GMBH, ha enterado la cantidad de cuarenta y ocho millones ciento cuarenta y ocho mil setecientos sesenta y nueve pesos, equivalentes aproximadamente al cero coma cinco seis siete por ciento de los derechos sociales.”.“ARTÍCULO CUARTO: ADMINISTRACIÓN. A/ Directorio. La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a un directorio compuesto de tres miembros, cuya elección, duración, funcionamiento y atribuciones se regirá por las normas que se indican en este Artículo y, en subsidio, por las que para esta materia contempla la Ley dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas para las sociedades anónimas cerradas. B/ Composición. El Directorio de la Sociedad estará compuesto por tres miembros, los que serán designados por los socios KWS SAAT SE & Co. KGaA y KWS KLOSTERGUT WIEBRECHTSHAUSEN GMBH en conjunto. C/ Designación y Duración. Las designaciones se harán por los socios antes indicados mediante escritura pública, y tendrán efecto indefinido, de manera que los directores durarán en sus cargos hasta tanto no sea revocada su designación, fallezcan, se imposibiliten para el ejercicio del cargo o renuncien, pudiendo ser reemplazados, en cualquier tiempo, por los socios, de conformidad con lo indicado en la letra B/ precedente. En caso de muerte o incapacidad de un director, el directorio continuará sus funciones con los miembros que se encuentren en ejercicio y corresponderá a los socios, o a los sucesores, designar al director reemplazante en la forma indicada en esta letra C/. La vacancia de uno o más de los miembros del directorio, no implica la revocación total de este órgano administrador.”. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 17 de diciembre de 2024. Rodrigo Andrés Pinares Alvarado. Notario Suplente.